CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

TARRACO CONSULTORES LIMITADA

CVE 2202589
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
7 de octubre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de octubre de 2022
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
10 años, contados desde esta fecha, prorrogables en la forma establecida en la escritura

Objeto social

El objeto de la sociedad corresponderá a la prestación de todo tipo de servicios profesionales de ingeniería, incluyendo la consultoría en ingeniería de sistemas, en materia ambiental, de transporte, planificación, gestión operativa y comercial

Administración

La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por Álvaro Covarrubias Alcalde

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Humberto Quezada Moreno, Titular de la Vigésimo Sexta Notaría de Santiago, Apoquindo N° 3.196, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 7 de Octubre de 2022, ante mí, Álvaro Covarrubias Alcalde, domiciliado en Joaquín Cerda N° 6.359, Vitacura; y Álvaro José Daniel Guido Covarrubias Risopatrón, domiciliado en Las Hortensias N° 2.453, departamento 71, Providencia, ambos Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “TARRACO CONSULTORES LIMITADA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía "TARRACO LTDA.". Administración: La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por Álvaro Covarrubias Alcalde. Objeto: El objeto de la sociedad corresponderá a la prestación de todo tipo de servicios profesionales de ingeniería, incluyendo la consultoría en ingeniería de sistemas, en materia ambiental, de transporte, planificación, gestión operativa y comercial. Capital: $1.000.000, que los socios aportan al contado: a) Álvaro Covarrubias Alcalde, la suma de $$999.000; y, b) Álvaro José Daniel Guido Covarrubias Risopatrón, la suma de $1.000. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Duración: 10 años, contados desde esta fecha, prorrogables en la forma establecida en la escritura. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Santiago, 13 de octubre de 2022. Humberto Quezada Moreno. Notario Público.