MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

RAÚL RODRÍGUEZ C. INSTALACIONES SANITARIAS LIMITADA

RUT 76320833-8 CVE 2202890
Capital
$5.000.000 CLP
Notaría
Santiago

Instrumento

Notario
PABLO ENRIQUE PIEDRABUENA FIGUEROA
Oficio
12 Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

PABLO ENRIQUE PIEDRABUENA FIGUEROA, Abogado, Notario Público Interino, 12 Notaría Santiago, Teatinos 331 certifica: Por escritura pública, hoy ante mí, RAUL NOLASCO RODRIGUEZ CUEVAS, C.I. N°13.336.922-8, domicilio Pasaje Asturias Norte N° 622, Puente Alto, GRACE TERESA CISTERNAS MILES, C.I. N°13.082.116-2, domicilio Avenida San José de Maipo N° 06997, Casa 0470, Puente Alto, y VICENTE JOAQUIN RODRÍGUEZ CISTERNAS, C.I. N°21.601.462-6, domicilio en Avenida San José de Maipo N°06997, Casa 0470, Puente Alto, vienen en modificar la sociedad de responsabilidad limitada “RAÚL RODRÍGUEZ C. INSTALACIONES SANITARIAS LIMITADA”, R.U.T. N°76.320.833-8, inscrita a fojas 38140 N°26605 Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago del año 2013, en los siguientes términos: a) don Raúl Nolasco Rodríguez Cuevas, vende, cede y transfiere a doña Grace Teresa Cisternas Miles, el 29% de su participación en el capital social de $5.000.000, en el precio de $1.450.000., pagados en el acto; b) don Raúl Nolasco Rodríguez Cuevas, vende, cede y transfiere a don Vicente Joaquín Rodríguez Cisternas, el 30% de su participación en el capital social de $5.000.000, en el precio de $1.500.000., pagados en el acto. A consecuencia de la cesión se distribuye el capital social de “RAÚL RODRÍGUEZ C. INSTALACIONES SANITARIAS LIMITADA”, en las siguientes personas con las participaciones que se indican a continuación: Uno: Raúl Nolasco Rodríguez Cuevas, con el 40% de participación en los derechos sociales.- Dos: Grace Teresa Cisternas Miles, con el 30% de participación en los derechos sociales.- y Tres: Vicente Joaquín Rodríguez Cisternas, con el 30% de participación en los derechos sociales.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En todo lo no modificado rigen las estipulaciones del pacto social Santiago, 12 Septiembre 2.022.-