CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LANCUYEN MINERÍA LIMITADA

RUT 77083110-5 CVE 2202747
Capital
$9.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de octubre de 2022
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de octubre de 2022
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$9.000.000 CLP
Domicilio
Su domicilio será la comuna de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
La sociedad rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2030, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto explorar, reconocer, prospectar, investigar, desarrollar y explotar yacimientos mineros a fin de extraer, procesar, producir minerales concentrados u otros productos procedentes de sustancias minerales, pudiendo para estos efectos instalar y operar plantas de beneficio y tratamiento de minerales; constituir y adquirir derechos mineros de cualquier naturaleza; vender, transportar, exportar y comercializar sustancias y productos minerales. Para estos efectos la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones que directa o indirectamente conduzcan al cumplimiento de su objeto, pudiendo formar parte en otras sociedades o comunidades, modificarlas, asumir su administración, realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos u otros que los socios acuerden. Administración, Representación y Uso

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, Comuna San Miguel, certifica: Por escritura pública de 11 de octubre de 2022, ante mí, INMOBILIARIA E INVERSIONES LANCUYEN SpA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 77.083.110-5, domiciliada para estos efectos en calle Cochrane, 635, oficina 1.503 Torre A, comuna de Concepción, Región del Bio Bio y de paso en ésta, don AXEL IGNACIO AUBELE VALLE, domiciliado para estos efectos en calle Evaristo Lillo 167, comuna de Las Condes, Región Metropolitana y de paso en ésta; y doña ERIKA BEATRIZ PASTRIÁN BECERRA, domiciliada para estos efectos en Avenida Pedro Fontova número 7.840, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana y de paso en ésta, constituyeron sociedad civil de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “LANCUYEN MINERÍA LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “LANCUYEN MINING LTDA.”. Objeto Social: La sociedad tendrá por objeto explorar, reconocer, prospectar, investigar, desarrollar y explotar yacimientos mineros a fin de extraer, procesar, producir minerales concentrados u otros productos procedentes de sustancias minerales, pudiendo para estos efectos instalar y operar plantas de beneficio y tratamiento de minerales; constituir y adquirir derechos mineros de cualquier naturaleza; vender, transportar, exportar y comercializar sustancias y productos minerales. Para estos efectos la Sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos y convenciones que directa o indirectamente conduzcan al cumplimiento de su objeto, pudiendo formar parte en otras sociedades o comunidades, modificarlas, asumir su administración, realizar cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de estos u otros que los socios acuerden. Administración, Representación y Uso Razón Social: La administración corresponderá a don Lorenzo Alejandro Torres Suazo, cédula nacional de identidad número 7.730.460-6, quien, representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. El administrador designado, actuando en la forma indicada y anteponiendo a su firma el nombre y razón social de la sociedad, tendrá el uso de la razón social y representará a la sociedad judicial y extrajudicialmente y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, estando investido de todas las facultades de administración y disposición de bienes, con todas y cada unas de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $9.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Inmobiliaria e Inversiones Lancuyen SpA aporta la suma de $3.000.000, equivalentes a un tercio del capital social, suma que se ha enterado íntegramente y en su totalidad en este mismo acto en la caja social; b) Don Axel Ignacio Aubele Valle aporta la suma de $3.000.000, equivalentes a un tercio del capital social, suma que se ha enterado íntegramente y en su totalidad en este mismo acto en la caja social; y c) doña Erika Beatriz Pastrián Becerra aportó la suma de $3.000.000, equivalentes a un tercio del capital social, suma que se ha enterado íntegramente y en su totalidad en este mismo acto en la caja social. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2030, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Domicilio: Su domicilio será la comuna de Santiago, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 14 de octubre de 2022.