Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 2022
- Repertorio
- 11225/2022
- Notario
- JORGE LOBOS DIAZ
- Oficio
- 4ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) El desarrollo, elaboración, exportación, importación, comercialización y distribución, por cuenta propia o ajena, por sí y a través de terceros, de toda clase de sustancias químicas y)o de productos farmacéuticos de uso humano y)o animal, comprendiendo todos los grupos relacionados con dichos productos; b) La explotación, por cuenta propia o ajena, por sí y a través de terceros de todos los negocios que se relacionen con la industria de productos químicos, de productos cosméticos y de higiene y tocador, de alimentos y suplementos alimenticios, de insumos médicos y veterinarios, de equipos o accesorios para finalidades médicas o deportivas, y de artículos destinados a farmacias, droguerías, laboratorios, hospitales y clínicas ; c) La realización de cualquier otra actividad que se relacione con las anteriores. Capital y Acciones: $1.000.000.-, dividido en cien acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, a que se refiere el artículo Quinto permanente de los estatutos sociales, aportados en siguiente forma: a) IGNACIO SANCHO ARABEHETY $500.000.-, representativas de cincuenta acciones que IPRAT CHILE SpA suscrito y pagadas íntegramente, y b) MARISA ANDREA CARCIONE $500.000, que corresponde a cincuenta acciones suscritas y pagadas íntegramente. Uso razón social y administración sociedad: corresponde a Gerente General que será designado por la Junta de Accionistas, por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE LOBOS DIAZ, Notario Público Suplente de la 4ª Notaría de Santiago, Carmencita 20, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico: con esta fecha, Repertorio 11225/2022, ante mí, IGNACIO SANCHO ARABEHETY y MARISA ANDREA CARCIONE, ambas representadas por PATRICIA XIMENA BASTIAS BARREAU, chilena, casada y separado de bienes, químico-farmacéutico, cédula nacional de identidad 10.544.628-4, todos domiciliados para estos efectos en El Pillan 1786, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, constituyeron sociedad por acciones. Razón Social: “IPRAT CHILE SpA”. Objeto: a) El desarrollo, elaboración, exportación, importación, comercialización y distribución, por cuenta propia o ajena, por sí y a través de terceros, de toda clase de sustancias químicas y/o de productos farmacéuticos de uso humano y/o animal, comprendiendo todos los grupos relacionados con dichos productos; b) La explotación, por cuenta propia o ajena, por sí y a través de terceros de todos los negocios que se relacionen con la industria de productos químicos, de productos cosméticos y de higiene y tocador, de alimentos y suplementos alimenticios, de insumos médicos y veterinarios, de equipos o accesorios para finalidades médicas o deportivas, y de artículos destinados a farmacias, droguerías, laboratorios, hospitales y clínicas ; c) La realización de cualquier otra actividad que se relacione con las anteriores. Capital y Acciones: $1.000.000.-, dividido en cien acciones ordinarias y nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, a que se refiere el artículo Quinto permanente de los estatutos sociales, aportados en siguiente forma: a) IGNACIO SANCHO ARABEHETY $500.000.-, representativas de cincuenta acciones que IPRAT CHILE SpA suscrito y pagadas íntegramente, y b) MARISA ANDREA CARCIONE $500.000, que corresponde a cincuenta acciones suscritas y pagadas íntegramente. Uso razón social y administración sociedad: corresponde a Gerente General que será designado por la Junta de Accionistas, por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto. Duración: Indefinida. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias u oficinas que establezca en otros lugares, dentro o fuera de Chile. Responsabilidad: Los accionistas limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago 28 septiembre de 2022.