GHIRINGHELLI ASOCIADOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 4 de octubre de 2022
- Notario
- NATALIA RAMIREZ ARANDA
- Domicilio
- Viña del Mar
- Comuna
- Viña
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad será: /a) la explotación, comercialización y la prestación de servicios médicos, tanto en el campo de la medicina general como especializada, pública y privada, en aspectos clínicos, incluida la atención domiciliaria y de gestión y la realización de asesorías médicas de diversa naturaleza, tanto para la salud pública como privada, la prestación de servicios educacionales en ámbito de estudio clínico y académicos y de formación profesional en el ámbito de la salud, y la realización de cualquier otra actividad conexa o derivada de la principal ya sea directamente o a través de convenios, particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar y organismos del sector público, municipal o privado, incluyendo la educación, administración, capacitación, investigación y expansión en las áreas y actividades antes señaladas; /b) la adquisición, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento u otra forma de explotación de bienes inmuebles y muebles; c) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización, compra, venta y)o administración; d) comprar y enajenar, a cualquier título, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, monedas o divisas extranjeras, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores o instrumento de inversión del mercado de capitales, cualquiera sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; /e) garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales; y f) para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas.” En lo no modificado mantiene vigencia pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalNATALIA RAMIREZ ARANDA, Notario Público Viña del Mar, 12 Norte 785, Piso 3, suplente titular LUIS ENRIQUE FISCHER YAVAR, Certifico: Por escritura pública de fecha 04/10/2022, ante mí, doña MARÍA PAZ ADRIASOLA LATORRE, cédula de identidad N°15.489.208-7; y don ANDRÉS SEBASTIÁN GHIRINGHELLI MORALES, cédula de identidad N°13.636.123-6, ambos domiciliados en calle Limache N°1280, departamento N°2107, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, modificaron sociedad “GHIRINGHELLI ASOCIADOS LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 4 de octubre de 2013 otorgada Notaría de Viña del Mar de don Luis Enrique Tavolari Oliveros, inscrita fojas 2433 N°2455 en el Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2013; modificada por escritura pública de fecha 27 de julio del 2018 otorgada en la Notaría Viña del Mar de don Luis Enrique Tavolari Oliveros, inscrita fojas 1351 N°1063 en el Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2018. Modificaciones consisten: PRIMERO: /UNO/ Aumento de capital de $1.000.000.- a $5.000.000.- Aumento resulta siguientes aportes a) $1.590.000.- efectuado por María Paz Adriasola Latorre Díaz; y b) $2.410.000.- efectuado por Andrés Sebastián Ghiringhelli Morales. /DOS/ Modifican cláusula quinta: “QUINTO: Del capital social. El capital social de la Sociedad es la suma de CINCO MILLONES DE PESOS, que se ha aportado y aporta por los socios de la siguiente manera: /UNO/ doña MARÍA PAZ ADRIASOLA LATORRE ha aportado y aporta la suma de dos millones doscientos cincuenta mil pesos, equivalente al cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) Con la suma de seiscientos sesenta mil pesos, que se ha enterado con anterioridad a este acto en dinero efectivo y ya ingresados a las arcas sociales; b) Con la suma de un millón quinientos noventa mil pesos, que entera en este acto en dinero efectivo y que ingresa a las arcas sociales. /DOS/ don ANDRÉS SEBASTIÁN GHIRINGHELLI MORALES, ha aportado y aporta la suma de dos millones setecientos cincuenta mil pesos, equivalente al cincuenta y cinco por ciento de los derechos sociales, de la siguiente manera: a) Con la suma de trescientos cuarenta mil pesos, que se ha enterado con anterioridad a este acto en dinero efectivo y ya ingresados a las arcas sociales; b) Con la suma dos millones cuatrocientos diez mil pesos, que entera en este acto en dinero efectivo y que ingresa a las arcas sociales”. SEGUNDO: Modifican cláusula tercera: “TERCERO: Del objeto social. El objeto de la sociedad será: /a/ la explotación, comercialización y la prestación de servicios médicos, tanto en el campo de la medicina general como especializada, pública y privada, en aspectos clínicos, incluida la atención domiciliaria y de gestión y la realización de asesorías médicas de diversa naturaleza, tanto para la salud pública como privada, la prestación de servicios educacionales en ámbito de estudio clínico y académicos y de formación profesional en el ámbito de la salud, y la realización de cualquier otra actividad conexa o derivada de la principal ya sea directamente o a través de convenios, particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar y organismos del sector público, municipal o privado, incluyendo la educación, administración, capacitación, investigación y expansión en las áreas y actividades antes señaladas; /b/ la adquisición, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento u otra forma de explotación de bienes inmuebles y muebles; c) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización, compra, venta y/o administración; d) comprar y enajenar, a cualquier título, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, monedas o divisas extranjeras, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores o instrumento de inversión del mercado de capitales, cualquiera sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; /e/ garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales; y f) para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas.” En lo no modificado mantiene vigencia pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. - Viña del Mar, 14 de Octubre de 2022.-