GESTIONES INOSTROZA POMBETT SpA
Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2022
- Notario
- ALVARO GONZALEZ SALINAS
- Oficio
- Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. Se reemplaza en el TITULO TERCERO el Artículo Decimo por el siguiente: La sociedad será administrada por un Gerente General designado en estos estatutos, cuya individualización es: XIMENA ALEJANDRA POMBETT INOSTROZA. En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. La administradora deberá dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los accionistas, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas de la Sociedad.- En lo no modificado, rige pacto social primitivo y sus modificaciones. Se contienen
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| PROLEARNING SpA | socio | 76088805-2 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público Titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N° 1070, 2 piso, Santiago, comuna de Santiago, certifico: por escritura pública de fecha 27 de septiembre de 2022, otorgada ante mí, XIMENA ALEJANDRA POMBETT INOSTROZA, cédula nacional de identidad número 13.049.460-9, domiciliada en El Almendro Poniente 547, comuna de Huechuraba y FRANCISCO JAVIER RIVERA ALARCON, cédula nacional de identidad número 13.041.628-4, domiciliado en Avenida Zañartu mil cien, departamento mil ciento trece, torre uno, comuna de Ñuñoa, Santiago, modifican la GESTIONES INOSTROZA POMBETT SpA, con nombre de fantasía PROLEARNING SpA, RUT: 76.088.805-2, constituida por escritura pública de fecha 22 de Enero del año dos mil diez, Notaria Felix Jara Cadot, inscrita en extracto a fojas 5072 número 3426, del Registro de Comercio del año dos mil diez, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, publicada en el Diario Oficial, el día 5 de febrero de 2010. Modificada por escritura pública de fecha 24 de mayo de dos mil dieciséis Notaria Felix Jara Cadot, inscrita en extracto a fojas 40279, número 22065, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016 y publicada en el Diario Oficial el día 08 de junio de 2016. Transformada por escritura pública otorgada ante el Notario Alvaro David González Salinas, con fecha 19 de julio de dos mil diecinueve, inscrita en extracto a fojas 58521, número 28763, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019 y publicada en el Diario Oficial el día primero de agosto de 2019. Consiste: Se agrega en el TÍTULO PRIMERO, el Artículo CUARTO.UNO: Cumplimiento del Objeto Social: En el cumplimiento del objeto social, la Sociedad procurará generar un impacto positivo para la comunidad, las personas vinculadas a la Sociedad y el medio ambiente. Sólo los accionistas de la Sociedad podrán exigir el cumplimiento de lo dispuesto en el presente artículo. Se reemplaza en el TITULO TERCERO el Artículo Decimo por el siguiente: La sociedad será administrada por un Gerente General designado en estos estatutos, cuya individualización es: XIMENA ALEJANDRA POMBETT INOSTROZA. En el desempeño de sus actividades, la administración de la Sociedad deberá considerar no solo los intereses de sus accionistas, sino a los trabajadores, clientes y proveedores de la Sociedad y otras partes directa o indirectamente vinculadas a ella. Asimismo, deberá velar por los intereses de la comunidad donde opera y por la protección del medio ambiente local y global. La administradora deberá dejar constancia en la memoria anual o en comunicaciones periódicas a los accionistas, de las acciones tomadas al respecto. El cumplimiento de lo anterior sólo podrá exigirse por los accionistas de la Sociedad.- En lo no modificado, rige pacto social primitivo y sus modificaciones. Se contienen otras estipulaciones en escritura que extracto. Santiago, 3 de octubre de 2022.-