COMERCIAL ARTENOSTRO CERRO ALEGRE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 28 de septiembre de 2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $6.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, Titular 7ª Notaría Santiago, Agustinas Nº 1161 Entrepiso, certifica por escritura de fecha 28 de Septiembre de 2022, ante mí Suplente Paulina Constanza Estay Calzadilla, comparecieron:- doña PAULA ANDREA TALA JURY, domiciliada en calle Leonardo Da Vinci N° 6975, Comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago; doña CAROLINA GABRIELA HOPPE HENKE, domiciliada en calle Tomás Graham N° 752, Depto 401, Comuna de Las Condes, Ciudad de Santiago; y, don JUAN PABLO RUIZ PIRACES, domiciliado en Leonardo Da Vinci N° 6975, Comuna de Las Condes, Santiago; y, Modificaron la sociedad denominada COMERCIAL ARTENOSTRO CERRO ALEGRE LIMITADA, con el nombre de fantasía ARTENOSTRO CERRO ALEGRE LTDA, Rut: 76.917.323-4, constituida por escritura pública de fecha 08 de Agosto del año 2018, suscrita ante el Notario Público de Santiago, don Gonzalo Hurtado Morales, un extracto de la misma se inscribió a fojas 61063, Número 31.296, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2018, y, se publicó en el Diario Oficial del día 13 de Agosto del año 2018.- La representación legal de la sociedad, según dicho pacto social, corresponde doña PAULA ANDREA TALA JURY, y, a doña CAROLINA GABRIELA HOPPE HENKE, conjunta o separada e indistintamente con todas las facultades de representación y administración señaladas en escritura de constitución.- Que el capital social ascendente a la suma de $6.000.000, fue aportado por las socias, al contado y en dinero efectivo, en los siguientes porcentajes:- a) doña PAULA ANDREA TALA JURY, aportó la cantidad de $3.000.000, constituyendo el 50% del capital, derechos, haber e interés social; y, b) doña CAROLINA GABRIELA HOPPE HENKE, aportó la cantidad de $3.000.000, constituyendo el 50%, del capital, derechos, haber e interés social; Modificación consiste:- doña CAROLINA GABRIELA HOPPE HENKE, dueña del 50%, del total del capital, derechos, haber e interés social, vende, cede y transfiere, la totalidad de dichos derechos a don JUAN PABLO RUIZ PIRACES, quien los compra, acepta y adquiere para sí en la cantidad de $3.000.000, que se pagan en este acto, al contado y en dinero en efectivo, suma que el cedente declara recibir a su entera conformidad.- En virtud de la presente cesión de derechos, son únicos y exclusivos socios de la sociedad denominada COMERCIAL ARTENOSTRO CERRO ALEGRE LIMITADA, con el nombre de fantasía ARTENOSTRO CERRO ALEGRE LTDA, y, dueños del 100%, de los derechos, haber e interés social, doña PAULA ANDREA TALA JURY, con 50%; y, don JUAN PABLO RUIZ PIRACES, con 50%; quienes vienen en introducirle a la sociedad la siguiente modificación: A contar de esta fecha la administración y representación de la sociedad así como el uso de la razón social corresponderá, a doña PAULA ANDREA TALA JURY; y, a don JUAN PABLO RUIZ PIRACES, quienes actuando conjunta o separada e indistintamente podrán representarla con las mas amplias facultades señaladas en la cláusula Cuarto de la escritura pública de Constitución de sociedad las que se entienden formar parte integrante del presente instrumento y por totalmente reproducidas.- En todo lo no modificado expresamente por el presente instrumento, continúa vigente en todo su contexto el primitivo pacto social.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 13 de Octubre de 2022.-