Asesorías e Inversiones Ronda Limitada
Instrumento
- Fecha
- 11 de octubre de 2022
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.418.010.560 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 11 de octubre de 2022, ante mí, Patricio Fernández Zañartu y Karla Andrea Ivanschitz Villa, ambos domiciliados para estos efectos en Los Juglares número 3.902, Lo Barnechea, Región Metropolitana, acordaron aumentar el capital de Asesorías e Inversiones Ronda Limitada, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2006 a fojas 49.854 número 35.613, desde la suma de $5.000.000 a la suma de $1.418.010.560, íntegramente suscrito y pagado. El aumento de capital, por la suma total de $1.413.010.560, se entera y paga, en dicho acto, en su totalidad por el socio Patricio Fernández Zañartu. A consecuencia del referido aumento de capital, los socios de Asesorías e Inversiones Ronda Limitada, esto es, Patricio Fernández Zañartu y Karla Andrea Ivanschitz Villa, acordaron reemplazar el Artículo Sexto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “Artículo Sexto: Capital.- El capital de la sociedad es la suma de $1.418.010.560, que se aportan por los socios en las siguientes proporciones: (a) don Patricio Fernández Zañartu, aporta la suma de $1.415.510.560, equivalente al 99,82% de los derechos sociales, íntegramente enterado y pagado y; (b) doña Karla Andrea Ivanschitz Villa, aporta la suma de $2.500.000, equivalente al 0,18% de los derechos sociales, íntegramente enterado y pagado”. En todo lo no modificado por la escritura extractada, se mantiene vigente el estatuto social de Asesorías e Inversiones Ronda Limitada, especialmente en cuanto a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Se facultó al portador de extracto para legalización. Santiago, 12 de octubre de 2022.