CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD APOYO A LA EDUCACION INTEGRAL PEUMAL SpA

RUT 10558184-K CVE 2202224
Capital
$2.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de septiembre de 2022
Notaría
Puerto Varas
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
28 de septiembre de 2022
Repertorio
1701/2022
Notario
SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
Oficio
Tercera Notaría de Puerto Varas
Comuna
Puerto Varas

Sociedad

N. fantasía
Objeto: El objeto de la sociedad será a) apoyo integral a la educación y otras actividades de complementación de la misma, b) actividades de apoyo a la enseñanza de orden recreativo, artístico cultural y contratos, gestiones y negocios relacionados con su
Capital
$2.000.000 CLP
Domicilio
comuna de Frutillar
Duración
10 años

Objeto social

El objeto de la sociedad será a) apoyo integral a la educación y otras actividades de complementación de la misma, b) actividades de apoyo a la enseñanza de orden recreativo, artístico cultural y contratos, gestiones y negocios relacionados con su

Administración

Capital: $2.000.000.-, divididos en 200 acciones sin valor nominal, las que se suscriben, enteran y pagan de la siguiente manera: Con la suma de $1.000.000, que doña VARIGNIA ALEJANDRA MONTALBETTI ROMEU suscribe, entera y paga en dinero efectivo en este acto ingresando a la caja social la suma de $1.000.000.- (un millón de pesos), correspondientes a 100 acciones. Por consiguiente, quedan suscritas y pagadas 100 acciones, por un total de $1.000.000.-. Las restantes 100 acciones, quedan emitidas, pero sin suscribirse ni pagarse. En todo caso, el capital deberá quedar totalmente suscrito y pagado en un plazo no superior a 4 años, contado desde la fecha de la presente escritura, debiendo enterar doña VARIGNIA ALEJANDRA MONTALBETTI ROMEU, 100 acciones por un monto total de $1.000.000

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario PúblicoTitular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Que por escritura pública de fecha 28/09/2022, repertorio N°1701/2022, ante : MARCELO SEBASTIAN RUIZ ALVAREZ, Notario Público de la Tercera Notaria de esta ciudad, Suplente de la Titular, Doña VARIGNIA ALEJANDRA MONTALBETTI ROMEU, chilena,casad a, periodista, cédula nacional de identidad número 10.558.184-K, domiciliada en KM.2 Camino Los Bajos Frutillar, constituyó sociedad por acciones SOCIEDAD APOYO A LA EDUCACION INTEGRAL PEUMAL SpA, por fallecimiento del socio don Ramón Luis Faundez Cañas. Actualización. Socio: VARIGNIA ALEJANDRA MONTALBETTI ROMEU. Representación: La sociedad será representada por doña VARIGNIA ALEJANDRA MONTALBETTI ROMEU anteponiendo su firma a la razón social o nombre de fantasía. Objeto: El objeto de la sociedad será a) apoyo integral a la educación y otras actividades de complementación de la misma, b) actividades de apoyo a la enseñanza de orden recreativo, artístico cultural y contratos, gestiones y negocios relacionados con su giro. Administración, representación y uso razón social: corresponderá a doña VARIGNIA ALEJANDRA MONTALBETTI ROMEU , quien anteponiendo su firma a la razón social, la representará y obligará con las más amplias facultades de administración. Capital: $2.000.000.-, divididos en 200 acciones sin valor nominal, las que se suscriben, enteran y pagan de la siguiente manera: Con la suma de $1.000.000, que doña VARIGNIA ALEJANDRA MONTALBETTI ROMEU suscribe, entera y paga en dinero efectivo en este acto ingresando a la caja social la suma de $1.000.000.- (un millón de pesos), correspondientes a 100 acciones. Por consiguiente, quedan suscritas y pagadas 100 acciones, por un total de $1.000.000.-. Las restantes 100 acciones, quedan emitidas, pero sin suscribirse ni pagarse. En todo caso, el capital deberá quedar totalmente suscrito y pagado en un plazo no superior a 4 años, contado desde la fecha de la presente escritura, debiendo enterar doña VARIGNIA ALEJANDRA MONTALBETTI ROMEU, 100 acciones por un monto total de $1.000.000.-. Domicilio: comuna de Frutillar, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que el Directorio acuerde establecer, en el país o en el extranjero. Duración: 10 años. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Puerto Varas, 12 de octubre de 2022.-