MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AUDACIA INGENIERIA & CONSTRUCCIÓN SpA

RUT 77257357-K CVE 2202273
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
28 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
28 de septiembre de 2022
Repertorio
39413-2020
Notario
R. ALFREDO MARTIN ILLANES
Oficio
Décimo Quinta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Ley aplicable
Ley 19.499

Administración

La administración, representación y el uso del nombre social de la compañía corresponderá a doña FRANCISCA JOSÉ DANUS DEL PEDREGAL y a don FELIPE ESTEBAN ORMEÑO RETAMAL, quienes, actuando individual e indistintamente, tendrán por sí solos las más amplias facultades sin limitación alguna y celebrar toda clase de actos y convenciones en representación de la Sociedad con amplias facultades que constan en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

R. ALFREDO MARTIN ILLANES, abogado, Notario Público Titular de la Décimo Quinta Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández número doscientos uno, oficinas ciento uno y ciento dos, comuna de Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 28 de septiembre de 2022, otorgada ante mí, doña FRANCISCA JOSÉ DANUS DEL PEDREGAL, y don FELIPE ESTEBAN ORMEÑO RETAMAL, ambos domiciliados en Hamburgo N°550, Depto. N°310, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; vienen en rectificar y sanear extracto de constitución de sociedad fecha 28 de octubre del año 2020, en este oficio ante notaria titular don Alvaro David González Salinas, con oficio en calle Agustinas N°1070, piso 2, Santiago, doña Francisca José Danus Del Pedregal y doña Roxana Del Pilar Danus Serra, constituyeron sociedad por acciones denominada "AUDACIA INGENIERIA & CONSTRUCCIÓN SpA”, Repertorio 39.413-2020, inscrita en el Registro de Comercio a Fojas 70.976, N° 34.088 del año 2020, y debidamente publicada en el Diario Oficial.- En virtud de lo previsto en el artículo 1º de la Ley 19.499 rectifica y sanea extracto de constitución debido a que por un error involuntario se omitió en el extracto la mención esencial que debiera hacer referencia al capital suscrito y pagado. DONDE DICE: “CAPITAL: El capital social es de un millón de pesos dividido en mil acciones sin valor nominal, de una sola serie, de igual valor y sin privilegio o preferencias de ninguna clase” DEBIENDO DECIR: “$1.000.000, dividido en mil acciones nominativas, todas de una misma y única serie, sin valor nominal, que se entera y paga de la manera expresada en las disposiciones transitorias del presente estatuto social”.- Asimismo, los actuales y únicos socios modifican cláusula de administración: La administración, representación y el uso del nombre social de la compañía corresponderá a doña FRANCISCA JOSÉ DANUS DEL PEDREGAL y a don FELIPE ESTEBAN ORMEÑO RETAMAL, quienes, actuando individual e indistintamente, tendrán por sí solos las más amplias facultades sin limitación alguna y celebrar toda clase de actos y convenciones en representación de la Sociedad con amplias facultades que constan en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Capital social $1.000.000, dividido en 1000 acciones de las cuales doña Francisca José Danus Del Pedregal, es titular o dueña de 500 acciones y don Felipe Esteban Ormeño Retamal, es titular o dueño de 500 acciones, conforme al libro de accionistas que he tenido a la vista. Santiago, 7 de octubre de 2022.