MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS IZAVEG LIMITADA

RUT 77355105-7 CVE 2201140
Capital
$400.000 CLP
Fecha instrumento
7 de octubre de 2022
Notaría
Antofagasta

Instrumento

Fecha
7 de octubre de 2022
Notario
GONZALO HURTADO PERALTA
Oficio
Tercera Notaría de Antofagasta
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$400.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO HURTADO PERALTA, abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Antofagasta, José de San Martin número 2.745, comuna y ciudad de Antofagasta, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 07 de octubre 2022, ante mí: 1) don JOSÉ MANUEL PIZARRO CUEVAS, cédula nacional de identidad número 11.818.098-4; 2) doña NEVENKA ALEJANDRA VEGA HIDALGO, cédula nacional de identidad número 12.215.273-1; y 3) doña JOSSIANE MILLARAY PIZARRO VEGA, cédula nacional de identidad número 21.624.132-0; todos domiciliados en calle Santiago Humberstone número ciento cuarenta y cinco, casa tres, Condominio Bordemar II, comuna de Antofagasta, Región de Antofagasta, en su calidad de socios de la “SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS IZAVEG LIMITADA”, inscrita a Fojas 274, Número 191 del Registro de Comercio del Conservador de Antofagasta del año 2021, vienen en señalar lo siguiente: 1. JOSÉ MANUEL PIZARRO CUERVAS, vende, cede y transfiere a doña NEVENKA ALEJANDRA VEGA HIDALGO, quien adquiere y acepta para sí el 20% de los derechos sociales equivalentes a $400.000.- del capital social; 2. JOSÉ MANUEL PIZARRO CUERVAS, vende, cede y transfiere a doña JOSSIANE MILLARAY PIZARRO VEGA, quien adquiere y acepta para sí el 45% de los derechos sociales equivalentes a $900.000.- del capital social. En virtud de la cesión de derechos sociales, los socios de la sociedad “SOCIEDAD DE INVERSIONES Y ASESORÍAS IZAVEG LIMITADA” acordaron modificar los estatutos de la sociedad en el siguiente sentido: 1. Se reemplaza y sustituye el Artículo Quinto de los estatutos sociales por el que sigue: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de dos millones de pesos que se aportan del siguiente modo: a) El socio JOSE MANUEL PIZARRO CUEVAS aporta la suma un doscientos mil pesos, correspondiente al diez por ciento de los derechos sociales; b) El socio NEVENKA ALEJANDRA VEGA HIDALGO, la suma de novecientos mil pesos, correspondiente al cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales; y c) El socio JOSSIANE MILLARAY PIZARRO VEGA, novecientos mil pesos, correspondiente al cuarenta y cinco por ciento de los derechos sociales. Dicho capital se suscribe y paga en este acto, al contado y en dinero en efectivo, ingresando a la caja social.”; 2. Se reemplaza el Artículo Octavo de los estatutos sociales por el que sigue: “ARTÍCULO OCTAVO: Las pérdidas serán soportadas por los socios en proporción a sus respectivos aportes, y las utilidades, en su caso, se distribuirán de la siguiente manera: Uno) A don JOSÉ MANUEL PIZARRO CUEVAS le corresponderá un diez por ciento de las utilidades; Dos) A doña NEVENKA ALEJANDRA VEGA HIDALGO le corresponderá un cuarenta y cinco por ciento de las utilidades; Tres) doña JOSSIANE MILLARAY PIZARRO VEGA le corresponderá un cuarenta y cinco por ciento de las utilidades.”.- Demás estipulaciones escritura extractada. Antofagasta, 11 de octubre de 2022. GONZALO HURTADO PERALTA. Notario Público.