RGC CORP SpA
Instrumento
- Fecha
- 7 de octubre de 2022
- Repertorio
- 15624/2022
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| RGC CORP SpA | socio | 77094396-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN CRISTIAN BERRIOS CASTRO, abogado, Notario Suplente del Titular de la Octava Notaría de Santiago, señor Luís Ignacio Manquehual Mery, ambos domiciliados en calle Huérfanos novecientos cuarenta y uno oficina trescientos dos, comuna y ciudad de Santiago; certifico: Por Escritura Pública de fecha 07/10/2022, Repertorio 15624/2022, ante mi, Cattus Administradora De Proyectos Financieros S.A., en su calidad de administradora de “Minerva Fondo de Inversión Privado”, representada por doña María de la Luz Melo Fuentealba. MINERVA FONDO DE INVERSION PRIVADO, es la única y actual accionista de la sociedad RGC CORP SpA, RUT: 77.094.396-5, Capital: $1.000.000.-, constituida por escritura Pública de fecha 11 de noviembre del año 2019, otorgada en la Notaría Pública de Santiago de doña Myriam Amigo Arancibia, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 91.186 Número 44.822 del Registro de Comercio correspondiente al año 2019, del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 25 de noviembre del mismo año, acuerda introducir al estatuto social las siguientes modificaciones: 1) Modificar el Artículo Primero, relativo a la razón social, por el siguiente nuevo: “ARTÍCULO PRIMERO: El nombre de la sociedad por acciones es “MULTIBRAND SpA”. Su domicilio es la ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o extranjero”. 2) Modificar el ARTÍCULO QUINTO, relativo a la administración, en el sentido que la administración, uso de la razón social y representación de la sociedad corresponderá separada e indistintamente a doña María de la Luz Melo Fuentealba y/o a don Juan José María Pérez Villa, facultades señaladas en escritura extractada. En lo no modificado se mantienen plenamente vigentes las demás cláusulas del pacto social, en todo aquello que sea compatible con las modificaciones efectuadas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.