MODIFICACIÓN Empresa Individual de Responsabilidad Limitada

PRODUCCIONES RODRIGO ESPAÑA CÁRDENAS E.I.R.L.

RUT 76161073-2 CVE 2201440
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
30 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de septiembre de 2022
Notario
JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI
Oficio
Titular de la Novena Notaria de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Temuco
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: UNO) La producción de eventos y mega eventos artísticos, publicitarios, promocionales, de entretención, culturales, musicales, deportivos, diurnos y)o nocturnos, la realización de actividades y demás servicios similares, en locales propios o arrendados al efecto; realización de espectáculos relacionados a la entretención, cultura y educación, todo ello, por cuenta propia o ajena; DOS) Efectuar todas clase inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, inclusive toda clase de títulos, acciones, valores mobiliarios, patentes y marcas, participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, por cuenta propia o ajena tanto en Chile como en el extranjero; TRES) Constituir y)o participar en otras empresas o sociedades tanto nacionales como extranjeras, cualquiera sea su naturaleza o giro, en calidad de socio o accionista; CUATRO) Asimismo, formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, anónimas o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza; y, en general, realizar otros negocios y)o actividades permitidas por la legislación chilena, sean o no complementarios entre sí

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE GABRIEL ARAYA MAGGI, Abogado, Notario Público, Suplente del Titular de la Novena Notaria de Santiago, con oficio en esta comuna en calle Teatinos 333 entrepiso. CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 30 de Septiembre del año 2022, otorgada ante mí, don RODRIGO ESPAÑA CÁRDENAS, domiciliado en calle Los Castaños 55, Block E número 44, comuna y ciudad de Temuco, y de paso en ésta, resolvió transformar en una sociedad por acciones la empresa PRODUCCIONES RODRIGO ESPAÑA CÁRDENAS E.I.R.L., Rol único tributario N° 76.161.073-2, domicilio Los Castaños 55, Block 4, número 44, comuna y ciudad de Temuco” inscrita a fs. 1283 vuelta número 1148, Registro Comercio de Temuco año 2011 Sociedad por Acciones se regirá por estatutos sociales que a continuación se extractan. Nombre o Razón Social: “PROES SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: UNO) La producción de eventos y mega eventos artísticos, publicitarios, promocionales, de entretención, culturales, musicales, deportivos, diurnos y/o nocturnos, la realización de actividades y demás servicios similares, en locales propios o arrendados al efecto; realización de espectáculos relacionados a la entretención, cultura y educación, todo ello, por cuenta propia o ajena; DOS) Efectuar todas clase inversiones en bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, inclusive toda clase de títulos, acciones, valores mobiliarios, patentes y marcas, participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, por cuenta propia o ajena tanto en Chile como en el extranjero; TRES) Constituir y/o participar en otras empresas o sociedades tanto nacionales como extranjeras, cualquiera sea su naturaleza o giro, en calidad de socio o accionista; CUATRO) Asimismo, formar, ingresar y participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, anónimas o de responsabilidad limitada, cualquiera sea su objeto, así como en toda clase de comunidades, asociaciones y cuentas en participación, cualquiera fuese su naturaleza; y, en general, realizar otros negocios y/o actividades permitidas por la legislación chilena, sean o no complementarios entre sí. Domicilio: Temuco, sin perjuicio de agencias o sucursales dentro del país o extranjero Duración: Indefinida. Capital: $1.000.000., dividido en 100 acciones nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas en dinero efectivo y con anterioridad a este acto, al valor inicial de $10.000.- por el constituyente. Demás estipulaciones escritura extractada.