Inversiones y Asesorías Pura Vida SpA
Instrumento
- Fecha
- 24 de agosto de 2022
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.300 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número 1235, piso 2, comuna de Santiago, certifico que: Con fecha 22 de septiembre de 2022, ante mí, se redujo a escritura pública, bajo el repertorio número 11.447-2022, el acta de la junta extraordinaria de accionistas de Inversiones y Asesorías Pura Vida SpA (la “Sociedad”), la cual se encuentra inscrita a fojas 20.524 número 11.365 del año 2016 en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, celebrada el 24 de agosto de 2022, con asistencia del 100% de las acciones emitidas, en virtud de la cual se acordó por unanimidad modificar los estatutos de la Sociedad en el siguiente sentido: 1) Aumentar el capital social de $2.300.040 a $2.599.662, sin emisión de acciones, mediante la capitalización de la cuenta patrimonial denominada “Revalorización Capital Propio”. 2) Modificar el artículo Quinto de los estatutos de la sociedad en el sentido de aumentar el capital social de $2.599.662 dividido en 1.000 acciones, a $5.192.838 dividido en 2.002 acciones, mediante la emisión de 1.002 acciones, ordinarias, nominativas y sin valor nominal, a un valor de $2.588 cada una, las cuales han quedado íntegramente suscritas y pagadas en el mismo acto. 3) Como consecuencia de los acuerdos anteriores, se reemplaza el artículo Quinto de los estatutos de la Sociedad por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la Sociedad es la suma de cinco millones ciento noventa y dos mil ochocientos treinta y ocho pesos, dividido en dos mil dos acciones ordinarias, nominativas y sin valor nominal”. 4) Adicionalmente, se modifica el artículo Primero Transitorio y se eliminan los artículos Segundo Transitorio y Tercero Transitorio, artículos que no son materia de extracto. Demás estipulaciones y que no son materia de extracto constan en escritura pública extractada. - Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 11 de octubre de 2022.