FABRICA DE CECINAS VALDIVIA MAUREIRA SpA
Instrumento
- Fecha
- 23 de septiembre de 2022
- Repertorio
- 1419-2022
- Notario
- LUIS ANTONIO PINO ALCALLA
- Domicilio
- con oficio en calle Independencia
- Comuna
- Molina
Sociedad
- Capital
- $16.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS ANTONIO PINO ALCALLA, abogado, Notario Público Titular, con oficio en calle Independencia, N°2001, comuna de Molina, Región del Maule, certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, repertorio Nº1419-2022, doña DANIELLA ANDREA VALDIVIA MAUREIRA, C.I N°12.461.057-5, chilena, comerciante, soltera, domiciliada en avenida Luis Cruz Martínez, N°2025, Molina, Región del Maule, otorgó escritura pública modificatoria, rectificatoria y complementaria de la escritura pública modificatoria, rectificatoria y complementaria de sociedad por acciones denominada FABRICA DE CECINAS VALDIVIA MAUREIRA SpA, Rol Único Tributario número 77.107.531-2, que rola anotada en el repertorio bajo el N°1.159-2022, del oficio a mi cargo, que a su vez es modificatoria, rectificatoria y complementaria de contrato de sociedad por acciones, de fecha siete de noviembre del año dos mil diecinueve, que rola anotada en el repertorio bajo el N°2.883-2019, del oficio a cargo de don HERNAN FUENTES ACEVEDO, abogado, notario público titular de la tercera notaria de Curicó, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 166, N°66, del Registro de Comercio de Molina, del año 2019, publicado en el Diario Oficial Edición número 42.519, página 1 de 1, de fecha 04 de diciembre de 2019, y cuyo capital social es igual a dieciséis millones de pesos ($16.000.000.- pesos), dividido en cien acciones nominativas de igual valor cada una y sin valor nominal y, por ende, con una participación social igual al cien por ciento del capital social. Se modifica, rectifica y complementa la parte relativa a la individualización de los comparecientes, y las cláusulas segunda y séptima, de la escritura pública modificatoria, rectificatoria y complementaria de sociedad por acciones, que rola anotada en el repertorio bajo el N°1.159-2022, del oficio a mi cargo, en los siguientes términos: A).- La parte relativa a la individualización de los comparecientes de la precitada escritura pública modificatoria, rectificatoria y complementaria de sociedad por acciones, se modifica, y debe quedar expresada en los siguientes términos: “…En Molina, Región del Maule, a quince de julio del año dos mil veintidós, ante mí, LUIS ANTONIO PINO ALCALLA, abogado, Notario Público Titular de la Notaria de Molina, con oficio en calle Independencia, número dos mil uno, de la comuna de Molina, Región del Maule, comparece: doña DANIELLA ANDREA VALDIVIA MAUREIRA, cédula nacional de identidad número 12.461.057-5, quien declara ser chilena, comerciante, soltera, domiciliada para estos efectos en avenida Luis Cruz Martínez, número dos mil veinticinco, de la Comuna de Molina, Región del Maule, mayor de edad, quien acredito su identidad con la cédula antes referida, y quien comparece en su calidad de única socia de la sociedad denominada FABRICA DE CECINAS VALDIVIA MAUREIRA SpA, Rol Único Tributario número 77.107.531-2, del giro de su denominación, cuyo capital social es igual a dieciséis millones de pesos ($16.000.000.- pesos), dividido en cien acciones nominativas de igual valor cada una y sin valor nominal y, por ende, con una participación social igual al cien por ciento del capital social y, expone que viene a otorgar la presente escritura modificatoria, rectificatoria y complementaria de escritura pública de contrato de sociedad por acciones, en los siguientes términos:…”. B).- La cláusula segunda de la precitada escritura pública modificatoria, rectificatoria y complementaria de sociedad por acciones, se modifica, y debe quedar expresada en los siguientes términos: “SEGUNDO: La compareciente, ya individualizada, viene en este acto a otorgar la presente escritura pública modificatoria, rectificatoria y complementaria de la escritura pública de contrato de sociedad por acciones, de fecha siete de noviembre del año dos mil diecinueve, que rola anotada en el repertorio de instrumento públicos bajo el número 2.883-2019, del oficio a cargo de don HERNAN FUENTES ACEVEDO, abogado, notario público titular de la tercera notaria de Curicó, en los términos que se expresarán en el presente instrumento público”. C).- La cláusula séptima de la precitada escritura pública modificatoria, rectificatoria y complementaria de sociedad por acciones, se modifica, y debe quedar expresada en los siguientes términos: “SÉPTIMO: La calidad de socia de doña DANIELLA ANDREA VALDIVIA MAUREIRA, cédula nacional de identidad número 12.461.057-5, ya individualizada, de la sociedad FABRICA DE CECINAS VALDIVIA MAUREIRA SpA, Rol Único Tributario número 77.107.531-2, consta en la escritura pública de contrato de sociedad por acciones, de fecha siete de noviembre del año dos mil diecinueve, que rola anotada en el repertorio de instrumento públicos bajo el número 2.883-2019, del oficio a cargo de don HERNAN FUENTES ACEVEDO, abogado, notario público titular de la tercera notaria de Curicó. La citada escritura no se inserta por ser conocida de las partes y del notario que autoriza.”. Demás cláusulas constan escritura extractada. Molina, 23 de septiembre de 2022.