CLAUDIO PALMA INVERSIONES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 29 de septiembre de 2022
- Notario
- ROBERTO PUGA PINO
- Domicilio
- Titular FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $4.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 10 años desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales y consecutivos de 5 años, salvo que socios manifiesten poner término anticipadamente, en los términos descritos en escritura extractada
Objeto social
a) Efectuar toda clase de inversiones mobiliarias o inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto comprar y adquirir, a cualquier título, bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, lotearlos urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado; b) efectuar inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, , tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo comprar, vender, aportar en dominio o conservar tales inversiones, tomar interés o participar como socio o accionista en empresas o sociedades y percibir e invertir los frutos de las inversiones; c) la adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, rústicos y urbanos, la construcción en ellos por cuenta propia o ajena, , la explotación de los mismos directamente o por terceros en cualquier forma, la administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones y la obtención de rentas, d) la formación, modificación, asesoría y administración en cualquier tipo de sociedades, e) la prestación de toda clase de asesorías administrativas, contables, económicas, financieras o cualquier otra relacionada o no con el objeto social, f) la realización de todos los giros que se acuerden en el futuro y g) realizar todo de inversiones, en cualquier negocio y actividad que decidan los socios, y h) en general, realizar todos los actos y contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de fondos disponibles de la sociedad, y también aquellos asociados directa o indirectamente con su objeto social y que sus accionistas o socios así lo determinen, incluso formar parte, constituir, invertir o participar en otras sociedades o personas jurídicas de cualquier naturaleza
Administración
Corresponderá exclusivamente al socio don Claudio Rodrigo Palma Barrueto, quien, anteponiendo su firma la razón social, representará y obligará a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. La
Personas y entidades (4)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| CLAUDIO RODRIGO PALMA BARRUETO | socio | 11393945-1 | — | — | |
| CLAUDIA ALEJANDRA STUARDO MONTES | socio | 11488638-6 | — | — | |
| FELIPE NICOLÁS PALMA STUARDO | socio | 19996973-0 | — | — | |
| JAVIERA FERNANDA PALMA STUARDO | socio | 21623969-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO PUGA PINO, Notario Público Suplente del Titular FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, de la 2° Notaría Santiago, con oficio en Alcántara N° 107, Las Condes, Santiago, certifico: por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 29/09/2022, Repertorio N°: 75.955-2022, comparecen : A) CLAUDIO RODRIGO PALMA BARRUETO, CI 11.393.945-1; B) CLAUDIA ALEJANDRA STUARDO MONTES, CI 11.488.638-6; C) FELIPE NICOLÁS PALMA STUARDO, CI 19.996.973-0 y; D) JAVIERA FERNANDA PALMA STUARDO, CI 21.623.969-5; todos los anteriores domiciliados en calle Las Violetas N° 2172, depto. 704, comuna de Providencia, ciudad de Santiago. Los comparecientes constituyeron sociedad de responsabilidad limitada la que se regirá por los siguientes estatutos. RAZÓN SOCIAL: La razón social de la sociedad será "CLAUDIO PALMA INVERSIONES LIMITADA", pudiendo usar para todos efectos legales, el nombre de fantasía “PALMA LTDA.”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecerse en otras ciudades del país o del extranjero. OBJETO: a) Efectuar toda clase de inversiones mobiliarias o inmobiliarias, por cuenta propia o ajena, pudiendo al efecto comprar y adquirir, a cualquier título, bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, lotearlos urbanizarlos, enajenarlos, gravarlos o explotarlos de cualquier manera, pudiendo celebrar todos los demás contratos y actos útiles y necesarios al objeto indicado; b) efectuar inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, , tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios, pudiendo comprar, vender, aportar en dominio o conservar tales inversiones, tomar interés o participar como socio o accionista en empresas o sociedades y percibir e invertir los frutos de las inversiones; c) la adquisición, enajenación y explotación de toda clase de bienes inmuebles, rústicos y urbanos, la construcción en ellos por cuenta propia o ajena, , la explotación de los mismos directamente o por terceros en cualquier forma, la administración por cuenta propia o ajena de dichas inversiones y la obtención de rentas, d) la formación, modificación, asesoría y administración en cualquier tipo de sociedades, e) la prestación de toda clase de asesorías administrativas, contables, económicas, financieras o cualquier otra relacionada o no con el objeto social, f) la realización de todos los giros que se acuerden en el futuro y g) realizar todo de inversiones, en cualquier negocio y actividad que decidan los socios, y h) en general, realizar todos los actos y contratos necesarios a los fines indicados, al desarrollo de su actividad o a la inversión de fondos disponibles de la sociedad, y también aquellos asociados directa o indirectamente con su objeto social y que sus accionistas o socios así lo determinen, incluso formar parte, constituir, invertir o participar en otras sociedades o personas jurídicas de cualquier naturaleza. DURACIÓN: 10 años desde la fecha de la escritura de constitución, prorrogable automática, tácita y sucesivamente por períodos iguales y consecutivos de 5 años, salvo que socios manifiesten poner término anticipadamente, en los términos descritos en escritura extractada. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de $4.000.000.- que los socios aportan, enteran y pagan en la forma, proporción y oportunidad que a continuación se indica: a) CLAUDIO RODRIGO PALMA BARRUETO aporta la suma de $2.800.000.-, equivalente a un 70% de los derechos sociales; el cual entera y paga en este acto al contado y en dinero, ingresando a la caja social; b) CLAUDIA ALEJANDRA STUARDO MONTES aporta la suma de $400.000.-, equivalente a un 10% de los derechos sociales; el cual entera y paga en este acto al contado y en dinero, ingresando a la caja social; c) FELIPE NICOLÁS PALMA STUARDO aporta la suma de $400.000.-, equivalente a un 10% de los derechos sociales; el cual entera y paga en este acto al contado y en dinero, ingresando a la caja social; d) JAVIERA FERNANDA PALMA STUARDO aporta la suma de $400.000.-, equivalente a un 10% de los derechos sociales; el cual entera y paga en este acto al contado y en dinero, ingresando a la caja social. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: Corresponderá exclusivamente al socio don Claudio Rodrigo Palma Barrueto, quien, anteponiendo su firma la razón social, representará y obligará a la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 05 Octubre 2022.