MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA

RUT 76099274-7 CVE 2201438
Fecha instrumento
1 de octubre de 2022
Notaría
Pública de Laja

Instrumento

Fecha
1 de octubre de 2022
Notario
JUAN ANTONIO PUGA LOZANO
Oficio
Notaría Pública de Laja
Comuna
Pública de Laja

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN ANTONIO PUGA LOZANO, Notario Público Titular, Notaría Pública de Laja, Balmaceda 415, Certifico: Por escritura pública de fecha 01 de octubre de 2022, ante mí: HUGO HUMBERTO FLORES MUÑOZ, y JACQUELINNE ALEJANDRA FLORES INOSTROZA, ambos domiciliados en Balmaceda 283, Laja, modificaron la sociedad “AGRÍCOLA FLORES Y COMPAÑÍA LIMITADA”, RUT: 76.099.274-7, constituida por escritura pública de fecha treinta y uno de marzo del año dos mil diez, repertorio número siete mil doscientos ochenta y ocho, otorgada ante don Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público de Santiago; publicado su extracto en el Diario Oficial con fecha quince de abril del año dos mil diez e inscrito a fojas seis, número diez, en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Laja, del año dos mil diez, mutada por la escritura pública de fecha trece de septiembre del años dos mil veintidós, otorgada ante doña María Antonieta Carrillo Flores, Notario Público de Los Ángeles, publicado su extracto en Diario Oficial con fecha treinta de septiembre del año en curso e inscrito a fojas veinticuatro vuelta, número trece, en el Registro de Comercio del Conservador de Comercio de Laja, del año dos mil veintidós; proceden a modificarla, en el siguiente aspecto: “Se modifica el objeto social, contemplado en la cláusula segunda de la escritura de constitución social, el que de ahora en adelante, se encontrará constituido única y exclusivamente por el desarrollo de las siguientes actividades: La explotación agrícola, agroindustrial, forestal, ganadera, silvoagropecuaria, avícola, de toda clase de inmuebles propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros y que la sociedad detente a cualquier título; el cultivo, cosecha, producción, compra, venta, comercialización, exportación de toda clase de productos agrícolas, hortofrutícolas y/o agroindustriales; transformación, compra, venta, comercialización, distribución, importación, exportación de los productos o frutos de dicha explotación, cultivo, producción, procesamiento, compraventa de materias primas, productos agrícolas, alimentos, semillas, insumos, fertilizantes, y cualquier otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia o de terceros. La Sociedad podrá a su vez, realizar toda otra actividad conexa o relacionada directa o indirectamente con las anteriores, pudiendo al efecto, participar en todo tipo de licitaciones públicas o privadas”. En todo lo no modificado por este instrumento, seguirán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Laja, 11 octubre 2022.-