Inversiones Medjugorje Limitada
Instrumento
- Fecha
- 30 de septiembre de 2022
- Notario
- JAIME ANDRES BERNALES LARRAIN
- Domicilio
- con oficio en Avenida Vicuña Mackenna Oriente número 7163
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJAIME ANDRES BERNALES LARRAIN, Notario Público con oficio en Avenida Vicuña Mackenna Oriente número 7163, de la comuna de La Florida, certifica que: por escritura pública de fecha 30 de septiembre de 2022, otorgada ante mí, Ronald Stewart Coates y María Carolina Valentina Adduard Rocamora, ambos domiciliados en Coronel Pereira número 140, departamento 122, comuna de Las Condes, junto con Edgar Luis Gómez Espinoza y Cecilia Yolanda Alarcón Barnuevo, ambos domiciliados en Avenida Paseo Los Bravos número 4.500, casa 246, comuna de Lo Barnechea, todos en su calidad de únicos y actuales socios de la sociedad INVERSIONES MEDJUGORJE LIMITADA (la “Sociedad”), cuya inscripción rola a fojas 35.065, N° 17.532, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2019, acordaron modificar la Sociedad en materias que no son objeto de extracto, y en la cesión de derechos que se procede a señalar: i) Ronald Stewart Coates cedió su participación en ella, equivalente a un 35% de los derechos sociales a Edgar Luis Gómez Espinoza, quien declara recibirlo a su entera satisfacción, y ii) María Carolina Valentina Adduard Rocamora cedió su participación en ella, equivalente a un 35% de los derechos sociales a Edgar Luis Gómez Espinoza, quien declara recibirlo a su entera satisfacción. Con motivo de dichas cesiones, se retiran de la Sociedad Ronald Stewart Coates y María Carolina Valentina Adduard Rocamora, y quedan como únicos socios Edgar Luis Gómez Espinoza con el 85% de los derechos sociales, y Cecilia Yolanda Alarcón Barnuevo con el 15% de los derechos sociales; modificándose en tal sentido el estatuto de la Sociedad. Los socios dejan expresa constancia que limitan su responsabilidad al monto de los respectivos aportes. Se facultó al portador de copia autorizada de la citada escritura para requerir todas las inscripciones, subinscripciones, anotaciones y publicaciones que sean necesarias para lograr su completa legalización. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 30 de septiembre del año 2022.