MODIFICACIÓN Cooperativa

COOPERATIVA DE SERVICIOS MEDICINA Y SALUD INTEGRAL LIMITADA

RUT 65191125-7 CVE 2200409
Fecha instrumento
9 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de septiembre de 2022
Notario
dentidad número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guión dos
Oficio
Trigésima Octava Notaria de Santiago con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Abogado, Cédula de identidad número ocho millones doscientos quince mil novecientos catorce guión dos, Notario Público Titular, de la Trigésima Octava Notaria de Santiago con oficio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, piso cinco, certifica: Por escritura pública de fecha 09 de septiembre del año 2022, ante mí, la comparece Doña NICOLE LORETO FARIÑA CASANOVA, chilena, casada, abogada, domiciliada para estos efectos en calle Miguel Claro 195, oficina 310, Providencia, Región Metropolitana, quién debidamente facultada viene en reducir a escritura pública el acto de la Junta General Especialmente Citada de la COOPERATIVA DE SERVICIOS MEDICINA Y SALUD INTEGRAL LIMITADA, mediante la cual se reforma solo el artículo sexto en los siguientes términos: “El capital suscrito y pagado es de treinta y cinco millones setecientos ochenta y un mil doscientos once pesos, el que conjuntamente con las reservas voluntarias creadas por un valor de treinta millones setecientos doce mil ochocientos ochenta y seis pesos, conforman ciento ochenta cuotas de Participación de un valor de trescientos sesenta y nueve mil cuatrocientos doce pesos cada una. Los socios de posterior ingreso deberán suscribir y pagar el número mínimo de una cuota de participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General obligatoria que se pronunció sobre el balance al treinta y uno de diciembre del año inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las cuotas de participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la ley o lo establezca el departamento de cooperativas. El capital de la cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en este estatuto”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 09 de Septiembre de 2022.-