CONSTITUCIÓN Cooperativa

COOPERATIVA AGRÍCOLA DEL VALLE KALA KALA

RUT 17557152-3 CVE 2200328
Capital
$17.400 CLP
Fecha instrumento
18 de mayo de 2022

Instrumento

Fecha
18 de mayo de 2022
Repertorio
591-2022
Notario
JULIO EDUARDO TRONCOSO SAUNERO
Domicilio
titular don MAURO FABIAN AROCA GUERRERO

Sociedad

Capital
$17.400 CLP

Objeto social

Para estos efectos, podrá ejercer todas aquellas facultades y atribuciones que la Ley, su Reglamento o este Estatuto Social no hayan entregado expresamente a la Junta General de Socios y Socias, o a otros Órganos de la entidad…”.- III) Se modifica ARTICULO QUINCUAGÉSIMO quedando establecido de la siguiente forma: ARTICULO QUINCUAGÉSIMO: DESIGNACIÓN, COMPOSICIÓN Y DURACIÓN DEL CONSEJO DE

Administración

Que, viene en MODIFICAR LOS ESTATUTOS aprobados en la asamblea de fecha 30 de Abril, reducida a Escritura Pública en la notaría pública de Pozo Almonte servida por su titular don Mauro Aroca Guerrero, con fecha 18 de Mayo del presente año anotada bajo el número 300 - 2022 del repertorio a su cargo en el siguiente sentido: I) Modifica la letra b) del artículo TRIGÉSIMO TERCERO del estatuto, quedando de manera definitiva de la siguiente forma: “…La dirección, administración, operación y vigilancia de la cooperativa estará a cargo de … b) El Consejo de Administración…”.- II) Modifica el ARTICULO CUADRAGÉSIMO NOVENO del estatuto, quedando del modo que sigue: “…ARTICULO CUADRAGÉSIMO NOVENO: DEL CONSEJO DE

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JULIO EDUARDO TRONCOSO SAUNERO, abogado, notario público suplente del titular don MAURO FABIAN AROCA GUERRERO, designado para la agrupación de comunas de Camiña, Colchane, Huara, Pica y Pozo Amonte, con oficio en calle Buen Retiro N 378, de la comuna de Pozo Almonte, CERTIFICO: Que con fecha siete de Octubre del año 2022, mediante escritura pública repertorio N° 591 - 2022, suscrita ante mí, doña LUCILA ISABEL GUACUCANO CHALLAPA, chilena, soltera, agricultora, cédula de identidad N° 17.557.152-3, domiciliada en Sector Bajo Soga km 7, S/N de la comuna de Huara, debidamente facultada para ello, procedió a sanear y modificar el extracto publicado como asimismo el estatuto de la COOPERATIVA AGRÍCOLA DEL VALLE KALA KALA según pasa a indicar: PRIMERO: Que con fecha 18 de Mayo del año 2022, mediante escritura pública repertorio N° 300 - 2022, suscrita ante don Mauro Aroca Guerrero notario público titular de este oficio, se procedió a la reducción a escritura pública del acta constitutiva y la aprobación y reducción de los estatutos de la “COOPERATIVA AGRÍCOLA DEL VALLE KALA KALA” o “COOPERATIVA KALA KALA”, en la que se estableció como DOMICILIO la comuna de Huara, Provincia del Tamarugal, región de Tarapacá, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. La cooperativa tendrá una DURACION indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. Dicha entidad tendrá por OBJETO la compraventa, distribución, producción y transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la actividad agropecuaria y agroindustrial, con el fin de procurar un mayor rendimiento de ella. La Cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Los socios constituyentes establecen un CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO: cuyo monto asciende a la suma de $17.400.000 (diecisiete millones cuatrocientos mil pesos), dividido en dos mil novecientas cuotas de Participación, de un valor inicial de seis mil pesos cada una. A la Junta General Constitutiva concurrieron como SOCIOS FUNDADORES un total de 30 personas.- SEGUNDO: DE LAS CORRECCIONES: RESPECTO A SU EXTRACTO Y PUBLICACION: Que, por error involuntario en el extracto publicado con fecha 30 de Mayo del año 2022 en el Diario Oficial, se señaló erróneamente que la fecha de reducción a Escritura Pública del acto constitutivo y de su correspondiente estatuto fue el día “19 de Mayo del año 2022” debiendo decir correctamente que dicha escritura tiene como fecha exacta el día “18 DE MAYO DEL AÑO 2022”.- DOS) En el mismo extracto anteriormente referido, se señaló que el número de socios concurrentes al acto constitutivo, y quienes subsecuentemente participaron en la aprobación de los estatuto de la cooperativa naciente, ascendían a “29 personas”; debiendo decir correctamente que el número de socios concurrentes ascendía a “30 PERSONAS”.- TERCERO: RESPECTO A LOS ESTATUTOS Y EN ESPECIAL AL ORGANO DE ADMINISTRACIÓN: Que, viene en MODIFICAR LOS ESTATUTOS aprobados en la asamblea de fecha 30 de Abril, reducida a Escritura Pública en la notaría pública de Pozo Almonte servida por su titular don Mauro Aroca Guerrero, con fecha 18 de Mayo del presente año anotada bajo el número 300 - 2022 del repertorio a su cargo en el siguiente sentido: I) Modifica la letra b) del artículo TRIGÉSIMO TERCERO del estatuto, quedando de manera definitiva de la siguiente forma: “…La dirección, administración, operación y vigilancia de la cooperativa estará a cargo de … b) El Consejo de Administración…”.- II) Modifica el ARTICULO CUADRAGÉSIMO NOVENO del estatuto, quedando del modo que sigue: “…ARTICULO CUADRAGÉSIMO NOVENO: DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN: El Consejo de Administración tiene a su cargo la administración superior de los negocios sociales y representa judicial y extrajudicialmente a la Cooperativa para el cumplimiento de su objeto social. Para estos efectos, podrá ejercer todas aquellas facultades y atribuciones que la Ley, su Reglamento o este Estatuto Social no hayan entregado expresamente a la Junta General de Socios y Socias, o a otros Órganos de la entidad…”.- III) Se modifica ARTICULO QUINCUAGÉSIMO quedando establecido de la siguiente forma: ARTICULO QUINCUAGÉSIMO: DESIGNACIÓN, COMPOSICIÓN Y DURACIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN: El Consejo de Administración se compondrá de tres miembros titulares, quienes serán elegidos/as por la Junta General Obligatoria, la que además elegirá dos suplentes de los anteriores. Quienes suplan serán llamados en el orden de precedencia determinado por las mayorías obtenidas en su respectiva elección y durarán en sus funciones, si el reemplazo es definitivo, el tiempo que faltare al Consejero que reemplace. Los miembros del Consejo de Administración serán elegidos por dos años en forma íntegra en votación directa por los integrantes de la Cooperativa, pudiendo ser reelegidos/as. Anualmente el Consejo de Administración designará de entre sus miembros un Presidente, un Vicepresidente y un Secretario. Los cargos directivos corresponderán al menos, a una presidencia, a una vicepresidencia y a una secretaría. De la renuncia de quienes sean parte del consejo conocerá el propio Consejo de Administración…”.- IV) Por último, se modifica el artículo QUINCUAGÉSIMO PRIMERO, de la siguiente forma: (UNO) se modifica el artículo QUINCUAGÉSIMO PRIMERO quedando de manera correcta y definitiva de la siguiente forma: “… ARTICULO QUINCUAGÉSIMO PRIMERO: FACULTADES DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN: Sin que la siguiente enumeración sea taxativa, el Consejo de Administración tendrá las siguientes facultades… c) Nombrar y remover a quien se desempeñe en la Gerencia cuando la hubiere…”.- y (DOS) Por su parte, en el mismo artículo QUINCUAGÉSIMO PRIMERO se modifica la letra p) quedando en definitiva del modo que se indica a continuación: “…p) Proponer a la Junta el ingreso en calidad de socia a otra Cooperativa, incluidas las de Ahorro y Crédito. El consejo podrá tratar cualquier materia de su competencia tanto en sesiones ordinarias como extraordinarias...”.- CUARTO: Que mediante asamblea general realizada por los miembros fundadores de la COOPERATIVA AGRICOLA DEL VALLE DE KALA KALA de fecha primero de Octubre del año en curso, la unanimidad de ellos ratificó en sus cargos a los actuales miembros de la directiva provisoria, conformándose en consecuencia el DIRECTORIO DEFINITIVO de la siguiente forma: PRESIDENTE: Doña LUCILA ISABEL GUACUCANO CHALLAPA, chilena, soltera, agricultora, cedula de identidad N° 17.557.152-3, domiciliada en Bajo Soga kilometro siete sin número comuna de Huara; SECRETARIO: Don ALDO JOANNY GONZÁLEZ GONZÁLEZ, chileno, soltero, trabajador independiente, cedula de identidad N° 18.316.028-1, domiciliado en Arturo Gallo N° 688, comuna de Arica; y TESORERO: Don AXEL FRANCISCO LÓPEZ FUENTES, chileno, soltero, agricultor, cedula de identidad N° 19.700.143-7, domiciliado en Benjamín Vicuña Mackenna N° 884 comuna de Arica.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Pozo Almonte, siete de Octubre de 2022.