CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

OREXPLORE CHILE SpA

CVE 2199997
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
5 de octubre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
5 de octubre de 2022
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios de escaneo de núcleos de perforación utilizando productos de hardware y software de propiedad del Grupo Orexplore; b) El desarrollo en el país o en el extranjero de otras actividades relacionadas directa o indirectamente con el objeto social, incluyendo la investigación, industrialización, compra y venta, importación y exportación de todo tipo de bienes y la prestación de servicios y asesorías; c) La realización de toda clase de inversiones, sea por cuenta y con recursos propios o ajenos o asociada con terceros nacionales o extranjeros, en sociedades, bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, incluyendo valores mobiliarios, acciones, bonos, efectos de comercio y derechos en sociedades, administrarlos y percibir los frutos, rentas y beneficios de dichas inversiones; y, d) La realización de cualquier actividad complementaria o relacionada con el objeto social en Chile o en el extranjero; y, en general, toda clase de actos, contratos y acuerdos civiles y comerciales o de negocios y demás relacionados, necesarios o conducentes directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en calle La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 05 de octubre de 2022, ante mí, Andrea Dawson Ahumada, cédula de identidad para extranjeros Nº13. 039.337-3, domiciliada para estos efectos en Benjamín Nº2935 oficina 302, Las Condes, Región Metropolitana; constituyó una sociedad por acciones. NOMBRE: “OREXPLORE CHILE SpA”, pudiendo usar para efectos legales, comerciales y publicitarios, incluyendo bancos y organismos públicos, la expresión “OREXPLORE”. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios de escaneo de núcleos de perforación utilizando productos de hardware y software de propiedad del Grupo Orexplore; b) El desarrollo en el país o en el extranjero de otras actividades relacionadas directa o indirectamente con el objeto social, incluyendo la investigación, industrialización, compra y venta, importación y exportación de todo tipo de bienes y la prestación de servicios y asesorías; c) La realización de toda clase de inversiones, sea por cuenta y con recursos propios o ajenos o asociada con terceros nacionales o extranjeros, en sociedades, bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, incluyendo valores mobiliarios, acciones, bonos, efectos de comercio y derechos en sociedades, administrarlos y percibir los frutos, rentas y beneficios de dichas inversiones; y, d) La realización de cualquier actividad complementaria o relacionada con el objeto social en Chile o en el extranjero; y, en general, toda clase de actos, contratos y acuerdos civiles y comerciales o de negocios y demás relacionados, necesarios o conducentes directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales. DOMICILIO: Ciudad de Santiago, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida. CAPITAL Y ACCIONES: El capital de la sociedad asciende a $1.000.000 pesos, dividido en 1.000 acciones de una misma serie, nominativas, sin valor nominal, que el accionista Andrea Dawson Ahumada suscribe íntegramente a un valor de $1.000 la acción, del cual pagó, en dinero en efectivo, la suma de $100.000 pesos, correspondientes a 100 acciones. El saldo de $900.000 pesos correspondientes a 900 acciones, será pagado por el accionista que las suscribió a más tardar dentro del plazo tres años contados desde esta fecha. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de octubre de 2022.