Inversiones Goldsack y Pérez S.A.
Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2022
- Repertorio
- 22532-2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $928.114 CLP
- Domicilio
- El domicilio será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, presentes o futuros y, en general, desarrollar toda clase de actividades lucrativas que no estén prohibidas por la ley o por los estatutos. 5)
Administración
La administración y uso de la razón social le corresponderá indistintamente a Arturo Francisco Goldsack Jarpa y María Verónica Pérez García o actuando conjuntamente 3 cualquiera de Arturo Francisco Goldsack Pérez, Verónica Goldsack Pérez, Diego Felipe Goldsack Pérez, Alejandro José Gabriel Goldsack Pérez y Catalina Goldsack Pérez. 6)
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifica: Por escritura pública de fecha 27 de septiembre de 2022, Repertorio Nº 22.532-2022, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de Inversiones Goldsack y Pérez S.A., donde se acordó transformar dicha sociedad en una Sociedad de Responsabilidad Limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: 1) Razón Social: Inversiones Goldsack y Pérez Limitada; 2) Socios: Arturo Francisco Goldsack Jarpa y María Verónica Pérez García, ambos con domicilio en Avenida Camino Real 4.306, comuna de Lo Barnechea, Santiago, Región Metropolitana; 3) Domicilio: El domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que puedan abrir; 4) Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, presentes o futuros y, en general, desarrollar toda clase de actividades lucrativas que no estén prohibidas por la ley o por los estatutos. 5) Administración y Uso de la Razón Social: La administración y uso de la razón social le corresponderá indistintamente a Arturo Francisco Goldsack Jarpa y María Verónica Pérez García o actuando conjuntamente 3 cualquiera de Arturo Francisco Goldsack Pérez, Verónica Goldsack Pérez, Diego Felipe Goldsack Pérez, Alejandro José Gabriel Goldsack Pérez y Catalina Goldsack Pérez. 6) Duración: La duración de la sociedad será indefinido. 7) Capital: El capital social será la suma de $928.114.634 que los socios aportan de la siguiente forma: a) Arturo Francisco Goldsack Jarpa, la cantidad de $474.497.317, correspondiente al 51,1% de los derechos sociales, b) María Verónica Pérez García, la cantidad de $453.617.317, correspondiente al 48,9% de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Santiago a 05 de octubre de 2022.-