URIBE Y URIBE MEDICOS ASOCIADO Y COMPAÑÍA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de septiembre de 2022
- Notario
- LINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ
- Oficio
- Vigésimo Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
Administración
En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecerán vigentes las estipulaciones del pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLINDA SCARLETT BOSCH JIMÉNEZ, abogado, Notario Público Titular Vigésimo Notaría de Santiago, con Oficio en Avenida Apoquindo número 4990, Las Condes, Santiago, CERTIFICO:- Por escritura pública hoy, 06 de septiembre de 2022, ante mí, doña Carmen Gloria Soberón Noriega, cédula de identidad número 7.053.743-9, don Alonso Felipe Uribe Soberón, cédula de identidad número 16.656.657-6, don Javier Uribe Soberón, cédula de identidad número 17.269.514-0, Jaime Camilo Uribe Obrador, cédula de identidad 7.037.797-7, doña María Soledad Uribe Obrador, cédula de identidad número 7.038.117-6, María Verónica Uribe Obrador, cédula de identidad número 7.038.113-3, don Alonso Luis Uribe Obrador, cédula de identidad número 7.038.316-0 Y doña Margarita María De Los Ángeles Obrador Olivares, cédula de identidad número 2.635.629-6, debidamente representada por don Alonso Luis Uribe Obrador y doña María Soledad Uribe Obrador. Modificaron la Sociedad de Responsabilidad limitada “URIBE Y URIBE MEDICOS ASOCIADO Y COMPAÑÍA LIMITADA”, constituida con fecha 10 de abril de 1992, ante don Gonzalo de la Cuadra Fabres, Notario de Santiago, cuyo extracto fue inscrito a fojas 14061 número 7098 del registro de comercio de Santiago del año 1992 y publicada en el diario oficial de fecha 8 de mayo de 1992. Capital la suma de $1.000.000, la Notario que autoriza certifica haber tenido a la vista el Libro de Accionista de la sociedad donde consta la calidad de JAVIER URIBE SOBERON, ALONSO FELIPE URIBE SOBERON, MARGARITA MARIA DE LOS ANGELES OBRADOR OLIVARES¸ ALONSO LUIS URIBE OBRADOR, JAIME CAMILO URIBE OBRADOR, MARIA SOLEDAD URIBE OBRADOR y MARIA VERONICA URIBE OBRADOR como únicos accionistas de la sociedad “URIBE Y URIBE MEDICOS ASOCIADO Y COMPAÑÍA LIMITADA”. Estipulaciones. A don JAVIER URIBE SOBERON vende, cede y transfiere el 15 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma de $300.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad; B don ALONSO FELIPE URIBE SOBERON, cede y transfiere el 15 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma de $300.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad; C doña MARGARITA MARIA DE LOS ANGELES OBRADOR OLIVARES, cede y transfiere el 10 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma de $200.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad. D don ALONSO LUIS URIBE OBRADOR, cede y transfiere el 20 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma de $400.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad. E don JAIME CAMILO URIBE OBRADOR, cede y transfiere el 2 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad, en virtud de la sucesión hereditaria conformada por el fallecimiento de don ALONSO URIBE BARRETO, a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma de $40.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad. F doña MARIA SOLEDAD URIBE OBRADOR, cede y transfiere el 2 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad, en virtud de la sucesión hereditaria conformada por el fallecimiento de don ALONSO URIBE BARRETO, a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma de $40.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad. G don ALONSO LUIS URIBE OBRADOR, cede y transfiere el 2 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad, en virtud de la sucesión hereditaria conformada por el fallecimiento de don ALONSO URIBE BARRETO, a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma de $40.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad H. doña MARIA VERONICA URIBE OBRADOR, cede y transfiere el 2 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad, en virtud de la sucesión hereditaria conformada por el fallecimiento de don ALONSO URIBE BARRETO, a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma de $40.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad. I. doña MARGARITA MARIA DE LOS ANGELES OBRADOR OLIVARES, cede y transfiere el 2 por ciento de los derechos sociales que le corresponden en la sociedad, en virtud de la sucesión hereditaria conformada por el fallecimiento de don ALONSO URIBE BARRETO, a doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA quien los compra, adquiere y acepta para sí. El precio de esta cesión es la suma de $40.000 pesos, que se pagaron con anterioridad a este acto, al contado en dinero en efectivo, declarando la vendedora o cedente recibirlos a su entera conformidad. En consecuencia, quedan como socios: don ALONSO LUIS URIBE OBRADOR con el cinco por ciento de los derechos sociales y doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA, con el noventa y cinco por ciento de los derechos sociales. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de sucursales en el país o en el extranjero. Administración y uso razón social: queda entregado a don ALONSO LUIS URIBE OBRADOR y doña CARMEN GLORIA SOBERON NORIEGA, quienes tendrán las más amplias facultades de administración. En todo lo no modificado por el presente instrumento, permanecerán vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 06 de septiembre de 2022.