TRANSPORTES ALVARADO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 8 de septiembre de 2022
- Notario
- Álvaro Estrada Alvarado
- Domicilio
- Casablanca
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Duración
- - El nombre de la sociedad será “TRANSPORTES ALVARADO SpA”, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad, indistintamente, las expresiones “TRANSPORTES ALVARADO”, “ALVARADO” o “ALVARADO SpA”, que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número 20.109, sobre Mercado de Capitales y 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la ciudad de Casablanca, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Ley aplicable
- Ley 18.046
Administración
la administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá a cada uno de los socios, señores Jorge Mario Alvarado Cartagena y Juan Carlos Alvarado Cartagena, en forma conjunta o separada, indistintamente, con facultades señaladas en el pacto social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁlvaro Estrada Alvarado, notario público Casablanca, Avenida Constitución 376/378, certifico, por escritura pública hoy, 8 de septiembre de 2022, ante mi, Jorge Mario Alvarado Cartagena, y Juan Carlos Alvarado Cartagena, ambos Alejandro Galaz 990, Casablanca, transformaron sociedad comercial de responsabilidad limitada “Transportes Alvarado Limitada”, constituida por escritura pública ante el notario de Valparaíso, don Luis Enrique Fischer Yavar, de 26 de noviembre de 1998, cuyo extracto se publicó en el Diario Oficial 36.235, de 10 de diciembre de 1998, inscribiéndose a fojas 26, número 21, del Registro de Comercio de 1999, del Conservador de Bienes Raíces y de Comercio de Casablanca. De conformidad con lo prescrito en el artículo 97 de la Ley 18.046, sobre Sociedades Anónimas, en relación con lo dispuesto en el inciso 2°, parte final, del artículo 424 del Código de Comercio, los actuales y únicos socios, Jorge Mario Alvarado Cartagena y Juan Carlos Alvarado Cartagena, acuerdan transformar TRANSPORTES ALVARADO LIMITADA o TRANSPORTES ALVARADO LTDA., en una sociedad por acciones, denominada ALVARADO SpA, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, y cuyos estatutos son los siguientes: “Estatutos de ALVARADO SpA. Del nombre, objeto, domicilio y duración.- El nombre de la sociedad será “TRANSPORTES ALVARADO SpA”, pudiendo usar para efectos bancarios, comerciales y de publicidad, indistintamente, las expresiones “TRANSPORTES ALVARADO”, “ALVARADO” o “ALVARADO SpA”, que se regirá por las estipulaciones de estos estatutos y, en silencio de ellos, por las disposiciones de la ley número 20.109, sobre Mercado de Capitales y 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. Su domicilio será la ciudad de Casablanca, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Plazo: La sociedad comenzará a regir a partir fecha presente escritura y tendrá una duración de 5 años, prorrogable automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo acuerdo en contrario de los socios, con una anticipación de a lo menos 6 meses al término del respectivo periodo. Objeto de la sociedad: El objeto de la sociedad será: A) la prestación de servicios del ramo del transporte, de todo tipo de carga, a través de cualquier clase de vehículos, que la sociedad adquiera en dominio, arriende u obtenga a cualquier título; B) asimismo, pactar contratos propios o ajenos, como también el desarrollo de cualquier operación comercial o industrial de transporte, ejecutar todo acto o contrato conducente al fin social, y realizar cualquier negocio, afín o no, a la actividad del transportes y que los socios acuerden. Todas las actividades del giro del objeto social podrá desarrollarlos por cuenta propia o ajena, y sin limitación alguna. Capital y acciones: El capital de la sociedad es $2.000.000.- dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto, y que se suscribe y paga en la forma que se señala en los mismos estatutos. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión. Los aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados en el plazo de 5 años contados desde la fecha en que se hayan practicado. Será obligatorio ofrecer preferentemente a los accionistas las acciones de pago emitidas por la Sociedad. Administración: la administración, representación y uso del nombre de la sociedad corresponderá a cada uno de los socios, señores Jorge Mario Alvarado Cartagena y Juan Carlos Alvarado Cartagena, en forma conjunta o separada, indistintamente, con facultades señaladas en el pacto social. Demás estipulaciones en escritura señalada. Casablanca, 8 de septiembre de 2022.