PROPIEDADES NÚCLEO URBANO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de septiembre de 2022
- Repertorio
- 9287
- Comuna
- Santiago
Administración
Las únicas y actuales socias modifican la cláusula sexta del estatuto social vigente relativa a la administración y uso de la razón social, la que corresponderá ejercerla conjuntamente a doña MARÍA OLIVIA MENDIA ECHEVERRÍA y a doña MARÍA DE LA LUZ ORELLANA CONTRERAS. En todo lo no modificado permanecen las estipulaciones del pacto social vigente. Demás antecedentes en escritura extractada. Santiago, 3 de Octubre del año 2022
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, Abogado, Notario Suplente de doña María Soledad Santos Muñoz, quien es Notario Público Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1161, comuna y ciudad de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 20 de Septiembre del año 2022, otorgada ante la Titular de este oficio bajo repertorio N° 9.287 – 2.022, doña FRANCESCA DÉBORA VOMIERO SALVO, domiciliada en calle Sor Laura Rosa 115, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago; doña MARÍA OLIVIA MENDIA ECHEVERRÍA, domiciliada en calle Vicuña Cifuentes 2270, depto. 704 comuna de Providencia, ciudad de Santiago, y doña MARÍA DE LA LUZ ORELLANA CONTRERAS, domiciliada en calle El Retorno 2297, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, modificaron sociedad de Responsabilidad Limitada “PROPIEDADES NÚCLEO URBANO LIMITADA” constituida por escritura pública de fecha 7 de Agosto del 2018, otorgada en la 7ª Notaría de Santiago de doña María Soledad Santos Muñoz, inscrita a Fojas 60587 N° 31068 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2018, siendo publicada en la Edición del Diario Oficial del día 11 de Agosto de 2018. Modificaciones consisten: a) Cesión de Derechos: doña FRANCESCA DÉBORA VOMIERO SALVO, dueña de un tercio de los derechos de la sociedad, vende, cede y transfiere el total de sus derechos en la sociedad y en partes iguales a doña MARÍA OLIVIA MENDIA ECHEVERRÍA y a doña MARÍA DE LA LUZ ORELLANA CONTRERAS quienes los compran y adquieren para sí. El precio de esta cesión es la suma de $1.000.000, que las cesionarias pagan a la cedente en el acto en dinero efectivo, correspondiendo de este precio la suma de $500.000, pagados por la cesionaria doña MARÍA OLIVIA MENDIA ECHEVERRÍA y la suma de $500.000, pagados por la cesionaria doña MARÍA DE LA LUZ ORELLANA CONTRERAS. En consecuencia, quedan como únicas socias de esta sociedad, doña MARÍA OLIVIA MENDIA ECHEVERRÍA y doña MARÍA DE LA LUZ ORELLANA CONTRERAS, con un 50% de los derechos sociales cada una de ellas; y b) Administración: Las únicas y actuales socias modifican la cláusula sexta del estatuto social vigente relativa a la administración y uso de la razón social, la que corresponderá ejercerla conjuntamente a doña MARÍA OLIVIA MENDIA ECHEVERRÍA y a doña MARÍA DE LA LUZ ORELLANA CONTRERAS. En todo lo no modificado permanecen las estipulaciones del pacto social vigente. Demás antecedentes en escritura extractada. Santiago, 3 de Octubre del año 2022.