CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Minverso SpA

CVE 2198454
Capital
$10.000.000 CLP
Fecha instrumento
27 de septiembre de 2022

Instrumento

Fecha
27 de septiembre de 2022
Repertorio
9544

Sociedad

Capital
$10.000.000 CLP

Objeto social

La sociedad tendrá por

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CÁCERES, abogado, Notario Suplente de la Séptima Notaría de Santiago de la Titular doña MARÍA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, con oficio en calle Agustinas número 1161, entrepiso, de la comuna y ciudad de Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 27 de Septiembre de 2022 bajo el repertorio Nº 9.544 – 2.022 otorgada ante la Suplente de este oficio doña Paulina Constanza Estay Calzadilla, Sociedad de Inversiones Metaverso Limitada, constituyó una sociedad por acciones, de cuyo estatuto extracto lo siguiente: NOMBRE: “Minverso SpA”. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) el diseño, desarrollo, comercialización y operación de productos y servicios en de tecnología metaverso para la industria minera; b) la prestación de servicios profesionales en asesorías tecnológicas ligadas a la industria minera; c) actividades de consultorías relacionadas al metaverso en la industria minería; d) tomar la representación de otras empresas en el rubro del metaverso en la industria minera, tanto nacionales como extranjeras; e) constituir y/o participar como socia, accionista, administradora, gestora o a cualquier otro título en toda clase de sociedades y/o empresas, cualquiera sea su objeto, naturaleza y nacionalidad, así como también la participación en asociaciones y comunidades; y, f) en general, invertir, iniciar, promover, desarrollar y/o participar en toda clase de bienes, servicios y/o actividades económicas de todo tipo, con la única excepción que no sean contrarias a la ley, al orden público y a las buenas costumbres. CAPITAL: El capital social asciende a la suma de $10.000.000, dividido en 10.000 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, de igual valor cada una y de una misma y única serie. El capital se suscribe y paga íntegramente en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de los presentes estatutos.. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder a su legalización. SANTIAGO, 3 de Octubre de 2022.