MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA ALTA VISTA PUCÓN SpA

RUT 76614097-1 CVE 2199096
Fecha instrumento
3 de octubre de 2022
Notaría
San Miguel

Instrumento

Fecha
3 de octubre de 2022
Repertorio
6560-2022
Notario
Jorge Reyes Bessone
Oficio
Notaría de San Miguel
Comuna
San Miguel

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Jorge Reyes Bessone, Notario Público de la Notaría de San Miguel, ubicada en Gran Avenida José Miguel Carrera número cuatro mil ochocientos ochenta y seis, comuna y ciudad de San Miguel, certifico que: por escritura pública de fecha 3 de octubre de 2022, Repertorio 6560 - 2022, ante mí, se redujo a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INMOBILIARIA ALTA VISTA PUCÓN SpA, celebrada en mi presencia en la misma fecha. La Junta acordó: Modificación de la administración de la sociedad, revocación y otorgamiento de poderes, modificando en consecuencia los estatutos de la sociedad, reemplazando íntegramente el artículo Décimo Tercero de los Estatutos por el siguiente: “ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO: Administración de la sociedad. La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a un Administrador quien deberá actuar de la manera indicada en la Junta de Accionistas en la que sea designado. El Administrador será una persona natural, designado por la mayoría absoluta de las acciones con derecho a voto. El Administrador podrá ser o no accionista de la Sociedad. La administración de la Sociedad será esencialmente revocable y su cargo será ejercido por un periodo de tiempo indefinido. La designación y/o revocación del Administrador se efectuará en Junta de Accionistas, cuya Acta será reducida a escritura pública, debiendo tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio correspondiente. Sin perjuicio de lo anterior, la totalidad de los accionistas podrán designar de forma unánime la designación y/o revocación del Administrador, mediante escritura pública, la que se anotará de la misma forma al margen de la inscripción de la Sociedad.” Demás estipulaciones constan en instrumento público extractado. En lo no modificado, se mantienen plenamente vigentes los estatutos de la Sociedad. Santiago, 3 de octubre de 2022.