INVERSIONES Y GASTRONOMIA EL NOGAL SpA
Instrumento
- Fecha
- 3 de octubre de 2022
- Repertorio
- 24730/2022
- Notario
- HERNÁN CUADRA GAZMURI
- Oficio
- 1ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Duración
- En efecto, en la parte pertinente del extracto, inscrito a Fojas 79.399, Número 34.782 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del Año 2022, se señala que la cedula de identidad de don ALEX ONAN PEREZ VASQUEZ es “cédula de identidad para extranjeros N° 21.485.186-0”. En cir cunstancia que debió indicar “cédula de identidad para extranjeros N° 21 .485.166-0”.- En atención a lo anterior, el compareciente conforme a lo estipulado por la Ley N° 19.499, sanea el vicio formal consistente en el error de transcripción de la mencionada cedula en el extracto inscrito y publicado manifestando que, donde dice “cédula de identidad para extranjeros N° 21.485.186 -0”, debe decir “cédula de identidad para extranjeros N° 21.485.166-0”.- Dándo se de esta forma por saneado el vicio formal de que adolecía la mencionada constitución social.- En todo lo no rectificado ni saneado continúa plenamente vigente la escritura que por este acto se sanea y rectifica
- Ley aplicable
- Ley N° 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalHERNÁN CUADRA GAZMURI, abogado, Notario Público 1ª Notaría Santiago, Huérfanos 1.160, Of. 101 y 102, certifica: Por escritura pública de fecha 03/10/2022, bajo el Repertorio Nº 24730/2022 ante mí, RODRIGO ANDRES FARIAS PICON, C.I. N° 12.881.831-6, abogado, domici liado en Sotero del Rio N° 326 oficina 1002, Comuna de Santiago; Región Metropolitana, sanea y rectifica la Sociedad “INVERSIONES Y GASTRONOMIA EL NOGAL SpA”, cuyo Capital inicial es $10.000.000.- Rectifica: rectifica la comparecencia de don ALEX ONAN PEREZ VASQUEZ, se reemplaza en su parte pertinente, donde dice “cédula de identidad para extranjeros N° 21.485.186-0”; por “cédula de identidad para extranjeros N° 21.485.166- 0”.- Saneamiento: el compareciente hace presente que, al momento de extractarse la escritura de constitución se cometió un error de transcripción en el extracto que fue inscrito y publicado dentro de plazo. En efecto, en la parte pertinente del extracto, inscrito a Fojas 79.399, Número 34.782 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del Año 2022, se señala que la cedula de identidad de don ALEX ONAN PEREZ VASQUEZ es “cédula de identidad para extranjeros N° 21.485.186-0”. En cir cunstancia que debió indicar “cédula de identidad para extranjeros N° 21 .485.166-0”.- En atención a lo anterior, el compareciente conforme a lo estipulado por la Ley N° 19.499, sanea el vicio formal consistente en el error de transcripción de la mencionada cedula en el extracto inscrito y publicado manifestando que, donde dice “cédula de identidad para extranjeros N° 21.485.186 -0”, debe decir “cédula de identidad para extranjeros N° 21.485.166-0”.- Dándo se de esta forma por saneado el vicio formal de que adolecía la mencionada constitución social.- En todo lo no rectificado ni saneado continúa plenamente vigente la escritura que por este acto se sanea y rectifica.-Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 04 de Octubre 2022.- H. Cuadra G. Not. Púb.-