DIRECTV Chile Televisión Limitada
Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2022
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto, directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) el desarrollo, instalación, mantención, comercialización y explotación, directa o indirecta, de servicios limitados de televisión, servicios de audio y entretenimiento, transmitidos o entregados por medios radioeléctricos; b) la prestación de todo tipo de servicios de televisión y la difusión y comercialización de publicidad comercial, sea por medios televisivos, auditivos o impresos; c) la compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento y explotación, sea por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, de bienes muebles, en especial de equipos, dispositivos y productos electrónicos; y d) la prestación de todo tipo de servicios de internet, y a tal efecto, el diseño, instalación, conservación, refacción, mejora, adquisición, enajenación, interconexión, gestión, administración y cualquier otra actividad respecto de toda clase de redes, líneas, satélites, equipos, sistemas e infraestructuras técnicas, actuales o futuras, de internet, incluidos los inmuebles en que unas y otras se ubiquen, todo lo anterior de manera integral, completa y rigurosa; e) la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores o que acuerden los socios; f) el diseño, ensamblaje, instalación, puesta en funcionamiento, distribución, mantención, repotenciamiento, repuesto, remanufactura, compra, venta y)o comercialización de toda clase de equipos, accesorios, productos y sistemas relacionados con las telecomunicaciones y)o tecnologías de la información y)o las comunicaciones y)o audiovisual que exista o que en el futuro llegue a existir, así como con la electricidad, electrónica, informática, y cualquier otro similar o que en el futuro se desarrolle; g) la realización de todo tipo de actividades requeridas para la importación, venta, comercialización y explotación en general de tés, infusiones, bebidas y alimentos en general para el consumo humano, ya sea de forma directa o por medio de terceros y frente a productos propios o de terceros; h) realizar el ofrecimiento y venta de seguros, ya sea en calidad de agente, corredor o de cualquier forma directa o indirecta permitida por la ley, en todos los ramos, con el cumplimiento de los requisitos legales, incluyendo, sin limitarse a: i) seguros de accidentes personales, de vehículos, viajes, cumplimiento, educativos, para el hogar, contra incendios, de responsabilidad civil, de semovientes, contra sustracción, terremotos, todo riesgo para contratistas, transporte por carretera, marítimo y, aéreo, de crédito, de manejo y cumplimiento y de desempleo; ii) seguros de vida individual, colectivos de vida, de exequias y cualquier otro cuyo interés asegurable sea la propia vida y la de las personas a quienes legalmente pueda reclamar alimentos; iii) seguros de salud. De igual forma, DIRECTV podrá ofrecer servicios de salud de terceros en cualquier modalidad permitida en la ley; i) La utilización de capital propio y)o de terceros para de forma directa o indirecta ofrecer y otorgar a personas naturales y jurídicas: productos financieros, microcréditos, créditos de cualquier tipo y en cualquier modalidad permitida en la ley como método de financiamiento de productos y servicios en el mercado y)o para la libre disposición de los consumidores; j) Ofrecer a personas naturales y jurídicas, productos financieros, créditos de consumo y microcréditos de libre inversión y)o destinación específica través de alianzas comerciales con establecimientos de comercio y)o establecimientos financieros según se encuentren permitidos en la ley, incluyendo, sin limitarse a: tarjetas de crédito, créditos rotativos, créditos de consumo de bajo monto, entre otros.” Asimismo, se revocó la designación de don Claudio Ezequiel Schwartzmann como director suplente de la Sociedad, y se designó como nuevo director suplente a don Hugo Woloschin. En lo no modificado se mantienen vigentes las
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos número 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 27 de septiembre del año 2022, ante mí, don Pablo Guerrero Valenzuela, en representación de Sky Chile DTH Holdings LLC, hoy denominada DIRECTV Chile, LLC, sociedad constituida bajo las leyes del Estado de Delaware de los Estados Unidos de América, y don GIAN PAOLO PEIRANO BUSTOS, en representación de GALAXY LATIN AMERICA INVESTMENTS, LLC, sociedad constituida bajo las leyes del Estado de Delaware de los Estados Unidos de América, todos domiciliados para estos efectos en esta ciudad, en Avenida Vitacura número 4380, piso 13, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, únicos y actuales socios de la Sociedad DIRECTV Chile Televisión Limitada, en adelante la “Sociedad”, modificaron el objeto de la sociedad, reemplazando el artículo Cuarto de los estatutos de la Sociedad, por el siguiente: “Artículo Cuarto: Objeto. La sociedad tendrá por objeto, directamente o a través de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) el desarrollo, instalación, mantención, comercialización y explotación, directa o indirecta, de servicios limitados de televisión, servicios de audio y entretenimiento, transmitidos o entregados por medios radioeléctricos; b) la prestación de todo tipo de servicios de televisión y la difusión y comercialización de publicidad comercial, sea por medios televisivos, auditivos o impresos; c) la compra, venta, enajenación, comercialización, arrendamiento y explotación, sea por cuenta propia o de terceros, directa o indirectamente, de bienes muebles, en especial de equipos, dispositivos y productos electrónicos; y d) la prestación de todo tipo de servicios de internet, y a tal efecto, el diseño, instalación, conservación, refacción, mejora, adquisición, enajenación, interconexión, gestión, administración y cualquier otra actividad respecto de toda clase de redes, líneas, satélites, equipos, sistemas e infraestructuras técnicas, actuales o futuras, de internet, incluidos los inmuebles en que unas y otras se ubiquen, todo lo anterior de manera integral, completa y rigurosa; e) la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores o que acuerden los socios; f) el diseño, ensamblaje, instalación, puesta en funcionamiento, distribución, mantención, repotenciamiento, repuesto, remanufactura, compra, venta y/o comercialización de toda clase de equipos, accesorios, productos y sistemas relacionados con las telecomunicaciones y/o tecnologías de la información y/o las comunicaciones y/o audiovisual que exista o que en el futuro llegue a existir, así como con la electricidad, electrónica, informática, y cualquier otro similar o que en el futuro se desarrolle; g) la realización de todo tipo de actividades requeridas para la importación, venta, comercialización y explotación en general de tés, infusiones, bebidas y alimentos en general para el consumo humano, ya sea de forma directa o por medio de terceros y frente a productos propios o de terceros; h) realizar el ofrecimiento y venta de seguros, ya sea en calidad de agente, corredor o de cualquier forma directa o indirecta permitida por la ley, en todos los ramos, con el cumplimiento de los requisitos legales, incluyendo, sin limitarse a: i) seguros de accidentes personales, de vehículos, viajes, cumplimiento, educativos, para el hogar, contra incendios, de responsabilidad civil, de semovientes, contra sustracción, terremotos, todo riesgo para contratistas, transporte por carretera, marítimo y, aéreo, de crédito, de manejo y cumplimiento y de desempleo; ii) seguros de vida individual, colectivos de vida, de exequias y cualquier otro cuyo interés asegurable sea la propia vida y la de las personas a quienes legalmente pueda reclamar alimentos; iii) seguros de salud. De igual forma, DIRECTV podrá ofrecer servicios de salud de terceros en cualquier modalidad permitida en la ley; i) La utilización de capital propio y/o de terceros para de forma directa o indirecta ofrecer y otorgar a personas naturales y jurídicas: productos financieros, microcréditos, créditos de cualquier tipo y en cualquier modalidad permitida en la ley como método de financiamiento de productos y servicios en el mercado y/o para la libre disposición de los consumidores; j) Ofrecer a personas naturales y jurídicas, productos financieros, créditos de consumo y microcréditos de libre inversión y/o destinación específica través de alianzas comerciales con establecimientos de comercio y/o establecimientos financieros según se encuentren permitidos en la ley, incluyendo, sin limitarse a: tarjetas de crédito, créditos rotativos, créditos de consumo de bajo monto, entre otros.” Asimismo, se revocó la designación de don Claudio Ezequiel Schwartzmann como director suplente de la Sociedad, y se designó como nuevo director suplente a don Hugo Woloschin. En lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social, en especial en cuanto a que la responsabilidad de los socios continúa limitada al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 29 de septiembre de 2022.