Instrumento
- Fecha
- 21 de septiembre de 2022
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- N. fantasía
- “ATENEA SpA”. - II
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio social será la ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a i) doña Francisca Carolina Collins Von Bischoffshausen, y ii) doña María Elisa Collins Von Bischoffshausen, quienes actuando conjuntamente contarán con las más amplias facultades de administración;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, 2° piso, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 21 de septiembre de 2022, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz: i) doña Francisca Carolina Collins Von Bischoffshausen, domiciliada en Mónaco 5495, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; y ii) doña María Elisa Collins Von Bischoffshausen, domiciliada en La Nogada M6, comuna de Pirque, Región Metropolitana; constituyeron sociedad por acciones en los siguientes términos: I. Razón Social. La razón social será “ATENEA INVERSIONES E INMOBILIARIA SpA”. Nombre de fantasía: “ATENEA SpA”. - II. Objeto. La Sociedad tendrá por objeto: a) la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y se entiendan comprendidas en el artículo veinte número dos de la Ley sobre Impuesto a la Renta. b) La compra y venta de bienes raíces corporales e incorporales, su construcción y arrendamiento, la realización de cualquier acto propio o necesario al negocio inmobiliario, y los demás negocios que acuerden los accionistas; c) El arrendamiento incluyendo, subarrendamiento, compra, venta, desarrollo, urbanización y administración de inmuebles propios o de terceros. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos; d) La administración de todo tipo de inmuebles, especialmente edificios de departamentos; La prestación de servicios de aseo, mantención, reparación y/o refacción de inmuebles, residenciales y/o comerciales; El corretaje de propiedades, la asesoría e intermediación en compraventa o arriendo de inmuebles, por cuenta propia o ajena; Cobrar gastos comunes, percibir las rentas y mantención de relaciones con la junta de copropietarios; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los accionistas determinen. III. Domicilio. El domicilio social será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero. - IV. Duración. Indefinida. - V. Capital. El capital social es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, todas de igual valor, de una misma serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de acuerdo con lo estipulado en el Artículo Segundo Transitorio de los Estatutos Sociales. - VI. Administración. La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a i) doña Francisca Carolina Collins Von Bischoffshausen, y ii) doña María Elisa Collins Von Bischoffshausen, quienes actuando conjuntamente contarán con las más amplias facultades de administración; Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En Santiago, 28 de septiembre de 2022.-