DISOLUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA VISION CLAPS ARENAS LIMITADA

RUT 79826770-1 CVE 2196879
Capital
$54.164.264 CLP
Fecha instrumento
14 de julio de 1988
Notaría
Iquique

Instrumento

Fecha
14 de julio de 1988
Notario
CARLOS ERNESTO VILA MOLINA
Oficio
4ta. Notaría de Iquique
Comuna
Iquique

Sociedad

Capital
$54.164.264 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad es la realización de todo tipo de inversiones, mobiliarias o inmobiliarias; la explotación de los bienes que adquiera o detente a cualquier título, o que goce o use en cualquier forma; la formación de sociedades de cualquier tipo y objeto, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas; y en general, la realización de cualquier negocio, operación, acto o contrato relacionado, conexo o complementario del giro social

Administración

La administración de la sociedad será ejercida por un Gerente que será designado mediante una escritura pública de nombramiento que deberá ser otorgada por accionistas que representen, al menos, el 60% de las acciones suscritas y pagadas de la sociedad. Responsabilidad. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. iv) NOMBRAMIENTO DE GERENTE DE INMOBILIARIA VISIÓN SpA: Accionistas titulares del ciento por ciento de las acciones suscritas y pagadas designan a don Genarino Claps Águila, como Gerente de la compañía, pudiendo representarla, obligarla y vincularla eficazmente con la sola invocación del cargo que ostenta -tanto dentro como fuera del objeto social- en toda clase de hechos, actos, contratos, convenciones, trámites, comparecencias, peticiones, reclamos, recursos, impugnaciones, oposiciones, propuestas y demandas, con y respecto de toda clase de personas naturales o jurídicas, autoridades, servicios públicos, funcionarios públicos y municipales, entes, organismos, tribunales, árbitros, instituciones, municipalidades, comunidades, sociedades de hecho, empresas, sociedades, corporaciones, fundaciones y ante el Estado, el Fisco y el Banco Central de Chile; con todas las facultades indicadas en el artículo cuarenta y nueve de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y, asimismo, con todas las facultades necesarias para el ejercicio del giro social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CARLOS ERNESTO VILA MOLINA, Abogado, Notario Público Titular de la 4ta. Notaría de Iquique, con oficio en Patricio Lynch Nº 525, certifico: que por escritura pública del 20/Septiembre/2022, otorgada ante Mónica Andrea Gómez Pino, Notario Suplente de este Oficio Notarial: doña FILOMENA DE LAS MERCEDES ARENAS CAÑETE, cédula de identidad N° 6.766.470-1; y don GENARINO CLAPS AGUILA, cédula de identidad N° 10.097.231-K; ambos domiciliados en Calama, calle Granaderos número dos mil ciento diez, y de paso por ésta; únicos y actuales socios de “SOCIEDAD COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA VISION CLAPS ARENAS LIMITADA”, conocida también por su nombre de fantasía “VISION LIMITADA”, sociedad comercial de su giro, rol único tributario N° 79.826.770-1; constituida por escritura pública de 14 de julio de 1988, ante el Notario Público Titular de El Loa, con asiento en Chuquicamata, don José Miguel Sepúlveda García; inscrita en extracto a fojas 11, número 6 del Registro de Comercio del año 1989, del Conservador de Comercio de Calama; y publicado en la edición no 33.145 del Diario Oficial, correspondiente al 12 de agosto de 1988; modificada por escritura pública de 13 de mayo de 2015, ante el Notario de Calama don Alejandro Gemmel Martínez, Titular de la Tercera Notaría de El Loa Calama; inscrita en extracto a fojas 231, N° 138, del Registro de Comercio del año 2015, del Conservador de Comercio de Calama; y publicada en la edición N° 44.169, del Diario Oficial, correspondiente al día 29 de mayo de 2015; acordaron: i) DIVISIÓN. Socios acordaron dividir la sociedad antes individualizada, en dos sociedades, la actual Sociedad Comercial y Distribuidora Visión Claps Arenas Limitada, que continúa con su nombre y razón social, socios y estatuto, sin perjuicio de las modificaciones que se indican más adelante; y la nueva sociedad que se constituye Inmobiliaria Visión SpA. ii) MODIFICACIÓN ESTATUTO SOCIEDAD COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA VISION CLAPS ARENAS LIMITADA. Socios acordaron: A) Reducir el capital social de Sociedad Comercial y Distribuidora Visión Claps Arenas Limitada, de la suma actual de $100.000.000.-, a la suma de $45.835.736.- manteniendo los socios su participación actual: 50% el socio Genarino Claps Águila y 50% la socia Filomena de las Mercedes Arenas Cañete. Se modifica, en consecuencia, la cláusula QUINTA del estatuto social, reemplazando la expresión “la suma de cien millones de pesos” por “la suma de cuarenta y cinco millones ochocientos treinta y cinco mil setecientos treinta y seis pesos”; en lo demás permanece sin modificaciones el estatuto social contenido en la escritura pública individualizada precedentemente; y B) Transformarla en una Sociedad por Acciones de carácter mercantil denominada “COMERCIAL Y DISTRIBUIDORA VISIÓN SpA”, que se regirá por el Estatuto Social que se establecerá por instrumento separado, otorgado con esta misma fecha, ante el Notario que autoriza la presente escritura, a continuación de este acto.- iii) ESTATUTO NUEVA SOCIEDAD INMOBILIARIA VISIÓN SpA: Nombre y Razón Social “Inmobiliaria Visión SpA” pudiendo la sociedad actuar, además, incluso con el Estado, el Fisco, Municipalidades, bancos y otras instituciones, con el nombre de fantasía “Visión SpA”; Capital: el capital de la sociedad es la suma de $54.164.264.- dividido en 54.164 acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas constituyentes, en la siguiente forma y proporción: la accionista Filomena de las Mercedes Arenas Cañete suscribe 27.082 acciones, por la suma de $27.082.131.-, representativa de los derechos por el 50% del capital, que le corresponden en la sociedad que por este acto se divide; y el accionista Genarino Claps Águila suscribe 27.082 acciones, por la suma de $27.082.131.-, representativa de los derechos por el 50% del capital, que le corresponden en la sociedad que por este acto se divide; queda en consecuencia totalmente suscrito y pagado el capital social. Accionistas: doña Filomena de las Mercedes Arenas Cañete titular de 27.082 acciones; y don Genarino Claps Águila titular de 27.082 acciones. Objeto: El objeto de la sociedad es la realización de todo tipo de inversiones, mobiliarias o inmobiliarias; la explotación de los bienes que adquiera o detente a cualquier título, o que goce o use en cualquier forma; la formación de sociedades de cualquier tipo y objeto, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas; y en general, la realización de cualquier negocio, operación, acto o contrato relacionado, conexo o complementario del giro social. Administración. La administración de la sociedad será ejercida por un Gerente que será designado mediante una escritura pública de nombramiento que deberá ser otorgada por accionistas que representen, al menos, el 60% de las acciones suscritas y pagadas de la sociedad. Responsabilidad. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad. iv) NOMBRAMIENTO DE GERENTE DE INMOBILIARIA VISIÓN SpA: Accionistas titulares del ciento por ciento de las acciones suscritas y pagadas designan a don Genarino Claps Águila, como Gerente de la compañía, pudiendo representarla, obligarla y vincularla eficazmente con la sola invocación del cargo que ostenta -tanto dentro como fuera del objeto social- en toda clase de hechos, actos, contratos, convenciones, trámites, comparecencias, peticiones, reclamos, recursos, impugnaciones, oposiciones, propuestas y demandas, con y respecto de toda clase de personas naturales o jurídicas, autoridades, servicios públicos, funcionarios públicos y municipales, entes, organismos, tribunales, árbitros, instituciones, municipalidades, comunidades, sociedades de hecho, empresas, sociedades, corporaciones, fundaciones y ante el Estado, el Fisco y el Banco Central de Chile; con todas las facultades indicadas en el artículo cuarenta y nueve de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y, asimismo, con todas las facultades necesarias para el ejercicio del giro social.- Demás estipulaciones y texto completo en escritura extractada. IQUIQUE, 26 de septiembre de 2022.