MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

KAPACITACCION CONSULTORES Y ASOCIADOS LIMITADA

RUT 76139093-7 CVE 2196651
Fecha instrumento
27 de septiembre de 2022

Instrumento

Fecha
27 de septiembre de 2022
Notario
GONZALO JAVIER HENRIQUEZ ENCAMILLA
Domicilio
Coquimbo

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

GONZALO JAVIER HENRIQUEZ ENCAMILLA, Notario Público Titular de Coquimbo, con oficio en Bilbao N° 451, certifica: Por escritura pública hoy, ante mí, ANA CRISTINA GALLO CARCAMO, chilena, casada y separada totalmente de bienes, dueña de casa, cédula nacional de identidad número diecisiete millones novecientos cuarenta y siete mil novecientos sesenta y cuatro guion ocho, domiciliada para estos efectos en Pedro León Carmona, número tres mil ochenta y tres, Sector san Joaquín, de la ciudad y comuna de La Serena; por sí y en representación, según se acredita de doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, chilena, soltera, terapeuta ocupacional, cedula nacional de identidad número once millones quinientos veintitrés mil cuatrocientos setenta guion seis, domiciliada para estos efectos en calle Cerro Colorado número tres mil setecientos sesenta y seis, de la ciudad y comuna de Iquique; y don MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD, chileno, casado y separado totalmente de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número siete millones setecientos treinta y tres mil novecientos doce guion cero, domiciliado en Pedro León Carmona, número tres mil ochenta y tres, Sector san Joaquín, de la ciudad y comuna de La Serena; por sí y en representación, de don RICARDO IGNACIO DELGADO PRADENAS, chileno, soltero, trabajador independiente, cédula nacional de identidad número dieciséis millones ciento treinta y cuatro mil setecientos sesenta y uno guion dos, domiciliado en pasaje El otoñal número cuatro mil ochocientos ochenta y tres, villa valle del sol, de la ciudad y comuna de La Serena, quienes me acreditaron su identidad con la cedula referida y exponen, que por escritura pública de fecha 27 de de septiembre del año dos mil diez, otorgada ante el Notario Público Titular don Gonzalo Javier Henriquez Encamilla, de la Notaria de la ciudad de Coquimbo, se modificó la sociedad “KAPACITACCION CONSULTORES Y ASOCIADOS LIMITADA”, que gira también bajo el nombre de fantasía de “KAPACITACCION LIMITADA”, Rol único Tributario número setenta y seis millones ciento treinta y nueve mil noventa y tres guion siete, la cual se inscribió a fojas novecientos diecisiete, número quinientos sesenta y cuatro del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de La Serena, correspondiente al año dos mil diez.- que conforme da cuenta la escritura de modificación de la sociedad, la cual rola bajo el repertorio número mil setecientos catorce guion dos mil veintidós, ante notario público titular don Oscar Fernandez Mora, con fecha veinticinco de febrero del año dos mil catorce, son sus únicos socios las señoras: doña ANA CRISTINA GALLO CÁRCAMO, a quien le corresponde un cincuenta por ciento de derechos en el haber social, doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, a quien le corresponde un cincuenta por ciento de derechos en el haber social.- Cesión de derechos: Por el presente instrumento, doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, viene en vender, ceder y transferir la totalidad de los derechos que le corresponden en el haber social, al señor MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD, en los términos y condiciones que pasan a expresarse: Doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, vende, cede y transfiere a través de su representante ya individualizada en la comparecencia, a don MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD, quien compra, adquiere y acepta, la totalidad de los derechos de que el cedente es dueño en la sociedad, porcentaje que equivale al cincuenta por ciento del total del haber social. El precio de la cesión es la suma de dos millones de pesos, que el cesionario, paga con anterioridad a éste acto en dinero efectivo al cedente, quien a través de su mandataria, declara haber recibido dicha suma con anterioridad al acto a su entera y total satisfacción, sin tener cargo ni reclamo alguno que formular por este concepto, dándose en consecuencia por pagado íntegramente el precio de esta cesión.- que en virtud de las cesiones de que se da cuenta en la cláusula anterior, se retira de la sociedad doña PAULA FABIOLA MACHUCA CHÁVEZ, para todos los efectos legales a que haya lugar.- Por el presente instrumento, doña ANA CRISTINA GALLO CÁRCAMO, viene en vender, ceder y transferir el diez por ciento de los derechos que le corresponden en el haber social, al señor MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD, en los términos y condiciones que pasan a expresarse: Doña ANA CRISTINA GALLO CÁRCAMO, vende, cede y transfiere a don MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD, quien compra, adquiere y acepta, el diez por ciento del total de los derechos de que el cedente es dueño en la sociedad, porcentaje que originalmente equivale al cincuenta por ciento del total del haber social. El precio de la cesión es la suma de doscientos pesos, que el cesionario, paga con anterioridad a éste acto en dinero efectivo al cedente, quien a través de su mandataria, declara haber recibido dicha suma con anterioridad al acto a su entera y total satisfacción, sin tener cargo ni reclamo alguno que formular por este concepto, dándose en consecuencia por pagado íntegramente el precio de esta cesión.- En virtud de la cesión de que dan cuenta las cláusulas precedentes, quedan como únicos socios de la Sociedad los señores: ANA CRISTINA GALLO CÁRCAMO, a quien le corresponde un cuarenta por ciento de derechos en el haber social y don MANUEL FERNANDO THENOUX CIUDAD, a quien le corresponde un sesenta por ciento de derechos en el haber social. En su condición de únicos socios de la sociedad, vienen en señalar se mantienen las facultades de administración y de uso de la razón social de manera conjunta o separada, por lo que ambos socios tienen plenas facultades de administración, siendo sus actos plenamente válidos.-. Demás estipulaciones constan escritura extractada.-COQUIMBO, 27 DE SEPTIEMBRE DE 2022.-