MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES Y CONSULTORIA LANDING CHILE LIMITADA

RUT 76359539-0 CVE 2196969
Fecha instrumento
8 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
8 de septiembre de 2022
Repertorio
14190-2022
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Administración

La administración, la representación de la sociedad y el uso de la razon social corresponderá: a) al socio JUAN CARLOS AMADOR NACUSE PHILLIPS, el que podrá actuar de forma individualmente y anteponiendo su firma podrá obligar a la sociedad; y b) a los señores DIEGO Y JAVIER, ambos NACUSE BENNETT quienes solo podrán actuar conjuntamente con ambas firmas para obligar a la sociedad. Demás modificaciones no extractables constan en escritura. En no lo modificado, se ratifican estatutos de la Sociedad en especial estipulación que las partes limitan su responsabilidad desde el momento de su incorporación y al monto de sus respectivos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que mediante escritura pública otorgada con fecha 8 de septiembre de 2022, ante mi reemplazante don Juan Cristian Berrios Castro, bajo el repertorio 14190-2022, a) don Juan Carlos Amador Nacuse Phillips, cédula de identidad número N°8.521.961-8; b) doña Marian Louise Bennett Serazzi cédula de identidad número 10.875.816-3; c) Javier Nacuse Bennett, cédula de identidad número 19.689.442-K; y d) don Diego Nacuse Bennett, cédula de identidad número 20.285.046-4; todos los anteriores domiciliados en calle Upsala número 357, Departamento 114, Las Condes, quienes modificaron “INVERSIONES Y CONSULTORIA LANDING CHILE LIMITADA”, rol único tributario N°76.359.539-0 (“Sociedad”), inscrita a fojas 4870 número 3232 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2014, modificándose en el siguiente el siguiente sentido: 1) Se modifica el artículo Sexto de los estatutos ingresando nuevo socio Diego Nacuse Bennett por compraventa de 10% derechos sociales a don Juan Carlos Nacuse Phillips y modificándose por tanto el artículo SEXTO por el siguiente: “SEXTO El capital social es la cantidad de un millón de pesos que los socios han aportado e ingresado a caja social de la siguiente forma: Uno) don Juan Carlos Nacuse Phillips ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de setecientos mil pesos, esto es, un setenta por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía. Dos) don Javier Nacuse Bennett ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de cien mil pesos, esto es, un diez por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía. Tres) Doña Marian Louise Bennett Serazzi ha aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de cien mil pesos, esto es, un diez por ciento del capital social y propiedad de la presente compañía. Cuatro) don Diego Nacuse Bennett aporta y paga en la presente escritura la cantidad de cien mil pesos, esto es, un diez del capital social y propiedad de la presente compañía” y 2) Los socios acuerdan sustituir el artículo noveno del TITULO TERCERO Administración por el siguiente: Noveno: Administración: La administración, la representación de la sociedad y el uso de la razon social corresponderá: a) al socio JUAN CARLOS AMADOR NACUSE PHILLIPS, el que podrá actuar de forma individualmente y anteponiendo su firma podrá obligar a la sociedad; y b) a los señores DIEGO Y JAVIER, ambos NACUSE BENNETT quienes solo podrán actuar conjuntamente con ambas firmas para obligar a la sociedad. Demás modificaciones no extractables constan en escritura. En no lo modificado, se ratifican estatutos de la Sociedad en especial estipulación que las partes limitan su responsabilidad desde el momento de su incorporación y al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 28 de septiembre de 2022.