MODIFICACIÓN Sociedad Anónima

FUNDO EL DELIRIO S.A.

RUT 99584580-6 CVE 2196682
Fecha instrumento
25 de agosto de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
25 de agosto de 2022
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
Oficio
43° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público, Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico: Que con fecha 6 septiembre 2022 se redujo a escritura pública ante mí el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de FUNDO EL DELIRIO S.A., celebrada el 25 agosto 2022, con la concurrencia de todos los accionistas y de Paulina Valenzuela Valdés, Notario Público de la segunda Notaría de Rengo, y en la cual se acordó aumentar el capital social y, en consecuencia, reemplazar el Artículo Cuarto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTICULO CUARTO: El capital de la sociedad es la cantidad de diez mil quinientos un millones novecientos treinta y cinco mil pesos, dividido en doscientos cinco mil quince acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal.” El capital suscrito y pagado a la fecha asciende a cinco mil quinientos un millones novecientos treinta y cinco mil pesos, correspondiente a ciento cincuenta y siete mil novecientos ochenta acciones, quedando por suscribir y pagar cinco mil millones de pesos, mediante la emisión y colocación de cuarenta y siete mil treinta y cinco nuevas acciones de pago, sin valor nominal y todas de un mismo valor y de una misma serie, que se deberán suscribir y pagar al contado y en dinero efectivo a más tardar el día veintitrés de septiembre de dos mil veintidós a un precio de ciento seis mil trescientos tres coma ocho mil ciento sesenta y tres pesos por acción. Las acciones que no sean suscritas y/o pagadas en el plazo acordado y las que se formen de fracciones de acciones deberán ser ofrecidas preferentemente a los demás accionistas, en las mismas condiciones señaladas precedentemente las cuales deberán quedar suscritas y pagadas a más tardar el día veintidós de octubre de dos mil veintidós. Si luego de los ofrecimientos efectuados no se logra el pago efectivo de la totalidad de las acciones se establece que en esta tercera oportunidad se procederá a ofrecerse libremente a los accionistas. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 27 de septiembre de 2022.-