Instrumento
- Fecha
- 27 de septiembre de 2022
- Notario
- PABLO ANDRES EISENDECHER BERTIN
- Oficio
- Segunda Notaría de Osorno
- Comuna
- Osorno
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ANDRES EISENDECHER BERTIN, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Osorno, con domicilio en Bernardo O’Higgins N°691, Osorno, Certifica: Por escritura pública de fecha 27 de Septiembre de 2022, ante mí, MARIA DE LA LUZ EBENSPERGER BOLADOS, cédula nacional de identidad número siete millones ochocientos ochenta y cinco mil cuatrocientos dos guión dos, domiciliada en Loteo Stocker parcela tres, comuna de Puerto Varas, doña MARIA DEL PILAR EBENSPERGER BOLADOS, cédula nacional de identidad número siete millones novecientos cuarenta y dos mil ochocientos veintiuno guion tres, domiciliada en O´Higgins novecientos noventa y cinco, ciudad de Osorno, y MARIA SOLEDAD DE LOURDES EBENSPERGER BOLADOS, cédula nacional de identidad número ocho millones ochocientos tres mil seiscientos noventa y dos guion uno, domiciliada en Pasaje Marín numero mil doscientos treinta y nueve, ciudad de Osorno, vienen en sanear una sociedad por acciones, constituida en la Notaria de Osorno ante Notario Interino don Oscar Rodrigo Aros Gómez por escritura pública de fecha 12 de agosto de dos mil veintidós, de conformidad con las normas de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, la razón social será EBENSPERGER HERMANAS SpA. Capital: CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MILLONES DE PESOS, dividido en ciento cincuenta y nueve acciones nominativas de una misma serie, sin valor nominal, suscritas y pagadas en la forma que se señala en los artículos transitorios. El extracto de la referida escritura fue publicado en el Diario Oficial CVE 2184815 de fecha nueve de septiembre de dos mil veintidós. La escritura de constitución social antes señalada, así como su extracto y la publicación del mismo señalados en las cláusulas precedentes no fueron inscritos en el Registro de Comercio correspondiente dentro del plazo establecido en la ley, constituyendo ello un vicio formal de acuerdo a lo dispuesto por la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. Las comparecientes, en su calidad de únicas socias y constituyentes de EBENSPERGER HERMANAS SpA., por este acto e instrumento y en forma expresa, vienen en sanear la nulidad producida por el vicio formal antes señalado. Demas estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, 27 de septiembre 2022.-