SOCIEDAD COMERCIAL EL RUCIO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 21 de febrero de 2013
- Comuna
- Casablanca con asiento en Curacaví
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Duración
- 5 años contados de esta fecha automática y sucesivamente prorrogados por periodos iguales en la forma que establece la escritura de modificación. Asimismo, vienen en declarar que en todo lo no modificado por este instrumento sigue vigente en todas sus partes el pacto social primitivo
Administración
La administración y el uso de la razón social, corresponderá exclusivamente a don Fernando Antonio Núñez Garate, el que actuando por la sociedad y anteponiendo a la razón social su respectiva firma, la representará con las más amplias facultades. 3
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalDANIELA NANCY MUNIZAGA PÉNDOLA, Notario Interina de la Segunda Notaría de Casablanca con asiento en Curacaví, con domicilio en Ambrosio O`Higgins N° 1375, 1° piso, comuna de Curacaví, Certifico: Que por escritura pública de fecha 4 de agosto del presente año, certifico: ELBA INÉS GARATE GAMBOA, C.I. 5.904.540-7, FERNANDO ANTONIO NÚÑEZ GARATE, C.I. 9.610.782-K, ambos domiciliados en Yungay 2857, ciudad y comuna de Valparaíso, y MYRNA ANGÉLICA SILVA MESTRE, C.I. 12.929.196-6, domiciliada en calle Circunvalación 901, comuna de Curacaví, Región Metropolitana, modificaron sociedad de responsabilidad limitada “SOCIEDAD COMERCIAL EL RUCIO LIMITADA” constituida con fecha 21 de febrero del año 2013, por Elba Inés Garate Gamboa y Fernando Antonio Núñez Garate, la cual fue inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso, a fojas doscientos cincuenta y siete, número doscientos noventa y tres del año dos mil trece, en los siguientes sentidos: 1. Cesión de derecho: A) La socia Elba Inés Garate Gamboa, vende, cede y transfiere el 49% de los derechos sociales a don Fernando Antonio Núñez Garate, en la suma de $500.000 mil pesos, quién los compra, acepta y adquiere para sí. B) La socia Elba Inés Garate Gamboa, vende, cede y transfiere 1% de sus derechos sociales a doña Myrna Angélica Silva Mestre, en la suma de $100.000, quién los compra, acepta y adquiere para sí. Como consecuencia de la cesión de derechos, la “Sociedad Comercial El Rucio Limitada” quedará integrada por Fernando Antonio Núñez Garate, con un 99% de los derechos sociales y por Myrna Angélica Silva Mestre, con el 1% de los restantes los derechos sociales. El capital de la sociedad no se ha modificado y es de $1.000.000. 2. Administración: La administración y el uso de la razón social, corresponderá exclusivamente a don Fernando Antonio Núñez Garate, el que actuando por la sociedad y anteponiendo a la razón social su respectiva firma, la representará con las más amplias facultades. 3. Duración: 5 años contados de esta fecha automática y sucesivamente prorrogados por periodos iguales en la forma que establece la escritura de modificación. Asimismo, vienen en declarar que en todo lo no modificado por este instrumento sigue vigente en todas sus partes el pacto social primitivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Curacaví, 23 septiembre de 2022.