MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

PRESTACIONES MÉDICAS HIDALGO LIMITADA

RUT 76534327-5 CVE 2196083
Capital
$2.000 CLP
Fecha instrumento
12 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de septiembre de 2022
Repertorio
14335-2022
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.000 CLP

Administración

Los socios acuerdan modificar cláusula TERCERO de los estatutos sociales relacionada con la administración de la sociedad para indicar que el uso de la razón social y la administración será ejercida por APODERADOS CLASE A: don Guillermo Albino Hidalgo Valles y doña María José Hidalgo Bravo, quienes actuando indistintamente de forma individual o conjunta, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes, ordinarias y extraordinarias, debiendo anteponer la razón social a sus firmas personales, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos y contratos, digan o no relación con su objeto social, estando facultados con todos los poderes señalados en estatutos. En caso de muerte, incapacidad, inhabilidad, impedimento, ausencia permanente o temporal de los APODERADOS CLASE A, circunstancia que no será necesaria acreditar frente a terceros, la administración y representación de la Sociedad será ejercida, por los APODERADOS CLASE B, doña Camila Paz Hidalgo Bravo y doña Francisca Jesús Hidalgo Bravo; para que actuando conjuntamente, representen a la Sociedad en los mismos términos y con las mismas facultades que los APODERADOS CLASE A. Salvo lo modificado, estatutos continúan plenamente vigentes, en especial lo relativo a que socios siguen limitando su responsabilidad, al monto de sus respectivos

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
PRESTACIONES MÉDICAS HIDALGO LIMITADA socio 76534327-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico que: por escritura pública de 12 de septiembre de 2022, ante mí, bajo el repertorio 14335-2022 (I) GUILLERMO ALBINO HIDALGO VALLES, C.I. N° 6.423.242-8, domiciliado en Avenida Américo Vespucio Norte N° 1.798, departamento 203, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; (II) MARÍA JOSÉ HIDALGO BRAVO, C.I. N° 16.090.923-4, domiciliada en Bernardo Larraín Cotapos N° 12.215, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; (III) CAMILA PAZ HIDALGO BRAVO, C.I. N° 16.657.772-1, domiciliada en Suárez Mujica N° 420, departamento 1108, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; (IV) FRANCISCA JESÚS HIDALGO BRAVO, C.I. N° 16.943.040-3, domiciliada en La Fontecilla N° 267, departamento 207 B, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; acordaron modificar la sociedad PRESTACIONES MÉDICAS HIDALGO LIMITADA, RUT N° 76.534.327-5, inscrita Fojas 98.091, N° 57.631, del Registro Comercio Conservador Bienes Raíces Santiago, Año 2015, en el siguiente sentido: A) AUMENTO DE CAPITAL: Acordaron aumentar capital desde $2.000.000 a $5.000.000, es decir, aumento de capital por $3.000.000, el cual se materializará en virtud de nuevos aportes según se indica a continuación y de la siguiente forma: i) Guillermo Albino Hidalgo Valles aportará $1.000.000, el cual pagará en dinero en efectivo dentro plazo 3 años contados a partir de fecha escritura extractada; ii) Camila Paz Hidalgo Bravo, aportará $1.000.000, el cual pagará en dinero en efectivo dentro plazo 3 años contados a partir de fecha escritura extractada; iii) doña Francisca Jesús Hidalgo Bravo, aportará $1.000.000, el cual pagará en dinero en efectivo dentro de plazo 3 años contados a partir de fecha escritura extractada. Guillermo Albino Hidalgo Valles y María José Hidalgo Bravo en su calidad de actuales y únicos socios, acuerdan expresamente y por unanimidad la incorporación de Camila Paz Hidalgo Bravo y Francisca Jesús Hidalgo Bravo, como nuevos socios. B) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS POR AUMENTO DE CAPITAL: En razón de lo anterior se modifica cláusula CUARTO de estatutos por la siguiente: -.“CUARTO. El capital de la sociedad asciende a la cantidad $5.000.000, que los socios han pagado y pagarán en la siguiente forma y proporción: (I) Guillermo Albino Hidalgo Valles aporta $2.000.000, correspondientes al 40% del capital social, de los cuales ya pagó con anterioridad a esta fecha $1.000.000, y la diferencia deberá ser pagada en dinero efectivo dentro del plazo de 3 años contados desde esta fecha; (II) María José Hidalgo Bravo aporta $1.000.000, correspondientes al 20% del capital social, enterados en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; (III) Camila Paz Hidalgo Bravo aporta $1.000.000, correspondientes al 20% del capital social, la cual deberá enterar en dinero en efectivo dentro del plazo 3 años contados desde esta fecha; y, (VI) Francisca Jesús Hidalgo Bravo aporta $1.000.000, correspondientes al 20% del capital social, la cual deberá enterar en dinero en efectivo dentro del plazo 3 años contados desde esta fecha”.- C) MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS POR CAMBIO ADMINISTRACIÓN: Los socios acuerdan modificar cláusula TERCERO de los estatutos sociales relacionada con la administración de la sociedad para indicar que el uso de la razón social y la administración será ejercida por APODERADOS CLASE A: don Guillermo Albino Hidalgo Valles y doña María José Hidalgo Bravo, quienes actuando indistintamente de forma individual o conjunta, estarán investidos de todas las facultades de administración y disposición de bienes, ordinarias y extraordinarias, debiendo anteponer la razón social a sus firmas personales, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos y contratos, digan o no relación con su objeto social, estando facultados con todos los poderes señalados en estatutos. En caso de muerte, incapacidad, inhabilidad, impedimento, ausencia permanente o temporal de los APODERADOS CLASE A, circunstancia que no será necesaria acreditar frente a terceros, la administración y representación de la Sociedad será ejercida, por los APODERADOS CLASE B, doña Camila Paz Hidalgo Bravo y doña Francisca Jesús Hidalgo Bravo; para que actuando conjuntamente, representen a la Sociedad en los mismos términos y con las mismas facultades que los APODERADOS CLASE A. Salvo lo modificado, estatutos continúan plenamente vigentes, en especial lo relativo a que socios siguen limitando su responsabilidad, al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 27 de septiembre de 2022.