INVERSIONES E INMOBILIARIA AMANECER DOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de diciembre de 2016
- Notario
- JUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD
- Domicilio
- Chillán
Sociedad
- Capital
- $40.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ARMANDO BUSTOS BONNIARD, Notario Público de Chillán, oficio Arauco 620, Certifica: Por escritura hoy, ante mí, doña MERCEDES DEL CARMEN LILLO REYES, chilena, ingeniero comercial, divorciada, C.I. 9.322.087-0; don JONATTAN PATRICIO FIGUEROA LILLO, chileno, ingeniero constructor, soltero, C.I. 15.217.721-6; y doña DARLING PATRICIA FIGUEROA LILLO, chilena, empresaria, soltera, C.I. 17.989.897-7, todos para estos efectos domiciliados en calle Avenida Santa Blanca Nº51 de la comuna y ciudad de Chillán, rectifican, complementan y sanean modificación de la sociedad de responsabilidad limitada, denominada “SOCIEDAD DE INVERSIONES E INMOBILIARIA AMANECER DOS LIMITADA”, nombre de fantasía “INMOBILIARIA AMANCER DOS LTDA”, materializada por escritura pública fechada el día 26 de diciembre del año 2016, otorgada en la Notaría de Chillán de don Juan Armando Bustos Bonniard, anotada en el Repertorio con el Nº 5337 del año 2016, cuyo extracto fue inscrito a fojas 791 vta. Nº653 Registro Comercio de Chillan año 2016. Por su parte, el extracto de la escritura constitutiva de la sociedad fue inscrito a fojas 742 vta. Nº808 Registro Comercio Chillán, correspondiente al año 2013. El RUT. de la sociedad es 76.311.012-5. El capital actual de la sociedad es la suma de $400.000.000.- Rectificaciones, complementaciones y saneamiento, consisten en: PRIMERO) En la cláusula PRIMERA de escritura de modificación referida precedentemente, se incurrió en errores y omisiones, que se pasarán a individualizar, corregir y complementar como se dirá: UNO) En la cláusula primera se estableció que el capital social era la suma de $200.000.000.-, incurriéndose en un error al señalar que de este capital social se enteraron al momento de la suscripción de la escritura de constitución de la sociedad la suma de $35.000.000.-, por cuanto, en la realidad la suma que se enteró al momento de constituir la sociedad fue la suma de $33.000.000.-, tal como se desprende de la cláusula QUINTA de los estatutos primigenios, que dispone que: A) La socia doña Mercedes Del Carmen Lillo Reyes, aporta la suma de $120.000.000.-, de la siguiente forma: a) Con la cantidad de $30.000.000.-, al contado en dinero en efectivo, ingresando en caja social; y b) la cantidad de $90.000.000.- dentro del plazo de cinco años contados desde la celebración de la escritura constitutiva de la compañía. B) El socio don Jonattan Patricio Figueroa Lillo, aporta la suma de $40.000.000.-, de la siguiente forma: a) Con la cantidad de $1.500.000.-, al contado en dinero en efectivo, ingresando en caja social; y b) la cantidad de $38.500.000.-, dentro del plazo de cinco años contados desde la celebración de la escritura constitutiva de la compañía; y C) La socia doña Darling Patricia Figueroa Lillo, aporta la suma de $40.000.000.-, de la siguiente forma: a) Con la cantidad de $1.500.000.-, al contado en dinero en efectivo, ingresando en caja social; y b) la cantidad de $38.500.000.-, dentro del plazo de cinco años contados desde la celebración de la escritura constitutiva de la compañía. Por lo que esta escritura tiene como objetivo corregir lo anterior, en sentido referido, estos es que el aporte de capital social pagado al momento de la constitución de la sociedad ascendió a la suma de $33.000.000.- en dinero en efectivo, ingresado en caja social. DOS) Se complementa la cláusula primera, en el sentido de señalar que el saldo de capital por la suma de $167.000.000.-, ha sido totalmente pagado y enterado por los socios, en proporción con los aportes a que se obligaron e ingresado en caja social en dinero en efectivo. SEGUNDO) En la cláusula SEGUNDA de escritura de modificación referida anteriormente, se incurrió en errores y omisiones que la hacen ininteligible, toda vez que, se realizó un aumento de capital, señalando que la socia doña Mercedes Del Carmen Lillo Reyes, aumentaba su aporte de capital en la suma de $200.000.000.-, a través de retiros reinvertidos, pero lo anterior no quedo manifestado de forma clara, por lo que los socios están de acuerdo en que dicha cláusula debió quedar de la siguiente forma: “SEGUNDO: Los comparecientes únicos y actuales socios de la compañía acuerdan modificar el capital social aumentándolo de la suma de doscientos millones de pesos a la suma de $400.000.000.- de la siguiente forma: A) La socia doña Mercedes Del Carmen Lillo Reyes, aporta la suma de $320.000.000.-, de la siguiente forma: a) Con la cantidad de $120.000.000.- ya ingresados en dinero en efectivo, en caja social; y b) la cantidad de $200.000.000.- mediante el aporte de dominio de bienes raíces y dinero producto de retiros para reinvertir como se dirá al adelante. B) El socio don Jonattan Patricio Figueroa Lillo, aporta la suma de $40.000.000.-, ya ingresando en dinero en efectivo, en caja social; y C) La socia doña Darling Patricia Figueroa Lillo, aporta la suma de $40.000.000.-, ya ingresando en dinero en efectivo, en caja social. Como producto del aumento del capital social referido anteriormente se modificó la cláusula QUINTO de los estatutos sociales, quedando de la siguiente forma: “QUINTO: El capital social es la suma de $400.000.000.-, el que será aportado como sigue: A) La socia doña Mercedes Del Carmen Lillo Reyes, aporta la suma de $320.000.000.-, de la siguiente forma: a) Con la cantidad de $120.000.000.-, ya ingresados en dinero en efectivo, en caja social; y b) la cantidad de $200.000.000.-, los cuales son producto de retiros reinvertidos de la Sociedad Laboratorio de Investigación y Ensayes de Materiales de Suelo Ltda., RUT. 77.390.460-K, de acuerdo a la normativa vigente, artículo catorce número dos inciso segundo y tercero de la Ley de Impuesto a la Renta, aumento que se materializa a través de los siguientes pagos de aportes: UNO) Con el pago total de la obligación que actualmente mantiene la Sociedad Inversiones e Inmobiliaria Amanecer Dos Ltda., con la Sociedad Laboratorio de Investigación y Ensayes de Materiales de Suelo Ltda., por un valor de $120.000.000.- obligación que nace de la compraventa de los siguientes Bienes Raíces: Uno) Rol de Avalúo número 2211-480 de la comuna de Chillán, inscrito a fojas 10855 vta. Nº 8795, Registro Propiedad Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2016. Dos) Rol de Avalúo número 2211-481 de la comuna de Chillán, inscrito a fojas 10854 vta. Nº 8794, Registro Propiedad Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2016. Tres) Rol de Avalúo número 2211-482 de la comuna de Chillán, inscrito a fojas 10735 vta. Nº 8656, Registro Propiedad Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2016. Cuatro) Rol de Avalúo número 2211-483 de la comuna de Chillán, inscrito a fojas 10816 Nº 8753, Registro Propiedad Conservador de Bienes Raíces de Chillán del año 2016, correspondientes a los Lotes números UNO, DOS, TRES y CUATRO, todos ubicados en Parcela Número Tres, Laurel del Oro, comuna de Chillan, cuyo precio fue la suma de $30.000.000.- por cada Lote. DOS) Dinero en efectivo por la suma $80.000.000.-, ingresando a la caja social. B) El socio don Jonattan Patricio Figueroa Lillo, aporta la suma de $40.000.000.-, ya ingresando en dinero en efectivo, en caja social; y C) La socia doña Darling Patricia Figueroa Lillo, aporta la suma de $40.000.000.-, ya ingresando en dinero en efectivo, en caja social.” TERCERO) En la cláusula TERCERA de escritura de modificación individualizada más arriba, se incurrió en errores y omisiones especialmente cuando se señalaron los porcentajes de participación de cada socio en el capital social, los que son erróneos aritméticamente. De manera que se rectificó la cláusula TERCERA, quedando como sigue: A) La socia doña Mercedes Del Carmen Lillo Reyes, cuyo aporte fue la suma de $320.000.000.-, tiene un 80% de participación en el capital social. B) El socio don Jonattan Patricio Figueroa Lillo, cuyo aporte fue la suma de $40.000.000.-, tiene un 10% de participación en el capital social. y C) La socia doña Darling Patricia Figueroa Lillo, cuyo aporte fue la suma de $40.000.000.-, tiene un 10% de participación en el capital social. CUARTO) Se complementó el objeto social, agregando en la cláusula SEGUNDO de los estatutos social primitivos, “la inversión en toda clase bienes sean muebles o inmuebles, de títulos o valores mobiliarios, administrar dichas inversiones, formar parte de otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquier clase de bienes”. QUINTO) Las rectificaciones como las complementaciones descritas precedentemente, se efectuaron ejerciendo la prerrogativa de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve. En lo no rectificado, complementado o modificado rige pacto social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. Chillán a 23-09 2022.