CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INMOBILIARIA V&P LIMITADA

CVE 2196365
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de septiembre de 2022
Notaría
San Miguel
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
15 de septiembre de 2022
Notario
JORGE REYES BESSONE
Oficio
Notaría de San Miguel
Comuna
San Miguel

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

La Sociedad tendrá por

Administración

La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Ronald Francisco Vega Godoy y a doña María Alejandra Pinilla Piffaut, quienes actuando separada e indistintamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la Sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de la Notaría de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N° 4886, comuna de San Miguel, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 15 de septiembre de 2022, ante mi suplente Gisselle Cecilia Márquez León, don RONALD FRANCISCO VEGA GODOY y doña MARÍA ALEJANDRA PINILLA PIFFAUT, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Doctor Patricio Blanco N°450 A, comuna de Parral, Región del Maule, y de paso por esta ciudad, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón social: “INMOBILIARIA V&P LIMITADA”. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de lo cual la sociedad podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en otros lugares del país como en el extranjero. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: Uno) La ejecución y explotación de toda clase de actividades de carácter inmobiliario, en sus distintas formas, comprendiéndose en ella la compra, venta, permuta, adquisición y enajenación de todo tipo de bienes raíces o derechos en ellos, pudiendo asimismo construirlos, remodelarlos, transformarlos, repararlos, subdividirlos, urbanizarlos y lotearlos, arrendarlos, obtener frutos de ellos y administrarlos, y en general, efectuar toda clase de inversiones y desarrollar todo tipo de operaciones relacionadas directa o indirectamente con la actividad inmobiliaria. Dos) Efectuar toda clase de inversiones, sea en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, efectos de comercio o de crédito, bonos, debentures u otros instrumentos mercantiles o de inversión, fondos mutuos, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos. Tres) Participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas. Y, Cuatro) Ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los accionistas y que tengan relación con el objeto social. Capital: $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: Uno) Don RONALD FRANCISCO VEGA GODOY, aporta la suma de $500.000, que entera en este mismo acto al contado y en dinero en efectivo, equivalentes a un 50% del total del interés social; y, Dos) Doña MARÍA ALEJANDRA PINILLA PIFFAUT, aporta la suma de $500.000, que entera en este mismo acto al contado y en dinero en efectivo, equivalentes a un 50% del total del interés social. Los socios dejan constancia que los porcentajes indicados, son meramente referenciales, ya que el porcentaje real de participación está constituido por el monto del aporte que cada uno de ellos ha efectuado al capital de la Sociedad. Administración, Representación, y Uso de la Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Ronald Francisco Vega Godoy y a doña María Alejandra Pinilla Piffaut, quienes actuando separada e indistintamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la Sociedad con las facultades indicadas en escritura extractada. Duración: Indefinida. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 29 de septiembre de 2022.