Taurus Renta Residencial SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de septiembre de 2022
- Repertorio
- 74208-2022
- Comuna
- Santiago don
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
Objeto social
El objeto principal de la Sociedad será: a) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento y arrendamiento con opción de compra, subarrendamiento, comodato o cualquier otra forma de explotación de bienes raíces; b) la participación en asociaciones, empresas y sociedades de cualquier naturaleza civiles o comerciales, de personas o de capital; c) en general, todas aquellas actividades actos o contratos que estime convenientes o necesarios para el desarrollo de su
Administración
Uno o más administradores designados por
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO PUGA PINO, Notario Suplente del Titular de la 2° Notaría de Santiago don Francisco Javier Leiva Carvajal, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna y ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de fecha 22 de septiembre de 2022, Repertorio N°74.208-2022, ante mí, Felipe Heimetua Divin Larraín, chileno, casado, abogado, C.I N°13.668.275-k, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto: Nombre: Taurus Renta Residencial SpA. Accionistas. Felipe Heimetua Divin Larraín. Objeto: El objeto principal de la Sociedad será: a) la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento y arrendamiento con opción de compra, subarrendamiento, comodato o cualquier otra forma de explotación de bienes raíces; b) la participación en asociaciones, empresas y sociedades de cualquier naturaleza civiles o comerciales, de personas o de capital; c) en general, todas aquellas actividades actos o contratos que estime convenientes o necesarios para el desarrollo de su objeto. Capital: $30.000.000.- dividido en 30.000.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, de las cuales una acción es suscrita en el acto de constitución por don Felipe Heimetua Divin Larraín, la que pagará en dinero en efectivo en el plazo de 10 años. Las demás acciones deberán ser suscrita y pagadas en el plazo máximo de 10 años contados desde la fecha de constitución de la Sociedad. Administración: Uno o más administradores designados por accionistas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Portador de este extracto quedó facultado para proceder su legalización.- Santiago, 27 de Septiembre de 2022.-