RENTAS LAS LIEBRES LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 26 de septiembre de 2022
- Notario
- JORGE REYES BESSONE
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $16.634.761.707 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE REYES BESSONE, Notario Público Titular de San Miguel, Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, San Miguel, certifico que por escritura pública de fecha 5° de septiembre de 2022, otorgada ante mí, comparecieron: don Adolfo Humberto Julián Rodríguez-Cano Aranda, Inversiones Don Sancho Limitada, e Inversiones Los Maitenes SpA; todos domiciliados en calle Camino Las Liebres número mil ciento setenta y seis, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, acordaron modificar la sociedad “RENTAS LAS LIEBRES LIMITADA”, con extracto inscrito a fojas 379 Nº 189 del Registro de Comercio de San Antonio de 2020. Modificaciones consisten en: 1) Disminución de capital. Disminuir el capital de la sociedad actualmente ascendente a la suma de $16.634.761.707, en la suma de $16.633.761.707 pagada a su socio la sociedad Inversiones Los Maitenes SpA. Por lo tanto, el capital social queda fijado en la suma de $1.000.000. 2) Retiro de socio: Producto de la disminución de capital, se retiran como socia, con el pleno y total consentimiento de los demás socios la sociedad Inversiones Los Maitenes SpA. Se modificó el artículo cuarto permanente de los estatutos sociales relativo al capital social, el cual se reemplazó por el siguiente: “ARTÍCULO CUARTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social asciende a la suma de $1.000.000: Uno. Don Adolfo Humberto Julián Rodríguez-Cano Aranda en su calidad de empresario individual, aporta la suma de $500.000, equivalente al 50% del capital y derechos sociales; íntegramente aportado y pagado. Dos. Inversiones Don Sancho Limitada aporta la suma de $500.000, equivalente al 50% por ciento del capital y derechos sociales; íntegramente aportado y pagado. Se deja expresa constancia que la indicación del porcentaje de participación de cada socio en el capital social es aproximada y se consigna a título meramente ilustrativo, primando por sobre dichos porcentajes la proporción que representa el aporte efectivo de cada socio”. En todo lo no modificado siguen plenamente vigentes las estipulaciones relativa a que la responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 26 de septiembre de 2022.