CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

González y Guerrero SpA

CVE 2195619
Capital
$100.000 CLP
Fecha instrumento
1 de septiembre de 2022

Instrumento

Fecha
1 de septiembre de 2022
Repertorio
1884-2022
Notario
Luis Alberto Maldonado Concha
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$100.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Alberto Maldonado Concha, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con oficio ubicado en calle Ramón Subercaseaux número 1244, comuna de San Miguel, certifico que, por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 1 de septiembre de 2022, repertorio 1884-2022, Robinson Alejandro González Palma, Magaly Carmen Guerrero Osorio, Emilio Enrique Briones Huenullán, Fernando Arturo Rivera Durán, y Óscar Antonio Vicencio Calderón, constituyeron la sociedad por acciones denominada González y Guerrero SpA., con domicilio Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. El objeto de la sociedad corresponde a La comercialización, importación, exportación, compra, venta, arrendamiento, fabricación, producción, elaboración, reparación, servicio técnico, promoción, publicitación, distribución, transformación y representación de toda clase de productos para la industria, estructuras, piezas y partes, equipos de transportes, maquinarias, elementos estructurales, vigas, perfiles, tubos de acero y otros productos metalúrgicos o metalmecánicos, la realización, planificación, asesoría, ejecución y desarrollo de proyectos de ingeniería de cualquier tipo, por cuenta propia o de terceros en obras propias o ajenas, realización de obras de arenado, y pinturas industriales, obras de impermeabilización, recubrimiento y protección anticorrosiva, realización de obras de montaje industrial, montaje mecánico, montaje eléctrico, obras hidráulicas u otras complementarias, construcción de obras civiles de todo tipo, edificaciones estructurales en acero, modulares o no, industrializadas, obras de arte, construcciones industriales y obras de infraestructura de todo tipo, bien sea por órdenes de trabajo o producciones en serie, mediante contratos directos, subcontratos, contratos de cuentas en participación con o sin ingeniería propia y mediante el uso de instalaciones, medios materiales, o recursos humanos propios o ajenos, dentro y fuera del país, por cuenta propia o ajena, ya sea directamente o participando en otras sociedades o personas jurídicas de cualquier tipo u objeto, incluso asumiendo la representación o administración de tales entidades o en cumplimientos de mandato de la especie, adquirir, comprar, arrendar, importar y distribuir directamente, o a través de terceros, toda clase de bienes muebles e inmuebles destinados a la implementación del giro de la empresa, y en general toda actividad o negociación que acuerden los socios y que diga relación con el objeto social y se estime de interés para la sociedad. La sociedad será administrada por don Robinson Alejandro González Palma y por don Emilio Enrique Briones Huenullán, indistintamente. Sin perjuicio de lo anterior, la administración será conjunta respecto de la facultad de enajenar todo tipo bienes, tal como se describe en la letra b) de la cláusula octava de la escritura extractada. El capital de la sociedad es la suma de $100.000.000 dividido en 1000 acciones nominativas, de una misma y única serie, sin valor nominal, íntegramente suscrito y pagado por parte de los socios, de la siguiente manera: Los socios han suscrito 1000 acciones del capital social, correspondiendo a 500 acciones por parte de don Robinson Alejandro González Palma, equivalente a $50.000.000, 200 acciones por parte de doña Magaly Carmen Guerrero Osorio, equivalente a $20.000.000, 150 acciones por parte de don Emilio Enrique Briones Huenullán, equivalente a $15.000.000, 100 acciones por parte de don Fernando Arturo Rivera Durán, equivalente a $10.000.000, y 50 acciones por parte de don Óscar Antonio Vicencio Calderón, equivalente a $5.000.000, dando un total de $100.000.000, aportando $1.000 por cada acción, cada socio de acuerdo a su aporte, suma que pagan en este acto en dinero efectivo, ingresando a la caja social. En consecuencia, el capital de la sociedad ascendente a $100.000.000 se encuentra suscrito completamente y pagado al contado, y en dinero efectivo. La duración de la sociedad será indefinida, a contar de esta fecha. Demás estipulaciones en escritura social. Santiago, 27 de septiembre de 2022.