CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

INVERSIONES MARABU LIMITADA

CVE 2194887
Capital
$20.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de septiembre de 2022
Notario
MARY CARMEN ENCINA LORCA
Domicilio
doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$20.000.000 CLP
Duración
La duración de la sociedad será de cincuenta años, contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará de forma tácita, sucesiva y automática por periodos de igual duración, a menos que cualquiera de los socios manifestare voluntad contraria mediante escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del periodo que se encontrare en curso

Objeto social

El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia o ajena de: a) la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y)o reparación de toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles; b) la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y)o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; c) la realización de toda clase de inversiones, la administración, usufructo o disposición de esas inversiones, pudiendo estas inversiones recaer sobre cualquier tipo de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos, participar en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones y fondos de inversión públicos o privados; d) Asimismo, la sociedad podrá efectuar la comercialización de cualquier especie de documento de crédito o valores negociable, pagarés, libranzas, depósitos a plazo negociables o de cualquier otro tipo. El objeto incluirá además la prestación de toda clase de asesorías financieras y comerciales; e) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Rodrigo Andrés Martínez Abufarne; y a don José Ignacio Martínez Abufarne, quienes actuarán conjunta e indistintamente conforme a las facultades expresadas en los estatutos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARY CARMEN ENCINA LORCA, Notario Público Suplente de doña SUSANA BELMONTE AGUIRRE, Notario Público, Titular de la 11ª Notaría de Santiago, con oficio en Rosario Norte Nº 555, oficina 201, comuna de Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 01 de septiembre de 2022, ante la Notario Suplente de este oficio doña Claudia Galindo López, Rodrigo Andrés Martínez Abufarne; Jeanne Yvette Lorenz Daiber; María Isidora Martínez Lorenz; Rodrigo Andrés Martínez Lorenz; Francisco José Martínez Lorenz; Macarena Martínez Lorenz; y José Ignacio Martínez Abufarne, todos domiciliados para estos efectos en Camino Del Alfalfal Nº 2684, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quienes constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada en los términos que se extractan.- Razón social: La razón social será INVERSIONES MARABU LIMITADA, pudiendo usar y actuar ante toda clase de personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, incluso bancos comerciales, con el nombre de fantasía de “INVERSIONES MARABU” o “MARABU”. Objeto: El objeto de la sociedad será la realización por cuenta propia o ajena de: a) la compra, venta, distribución, almacenamiento, depósitos, importación, exportación, arrendamiento, mantenimiento, intermediación y/o reparación de toda clase de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles; b) la adquisición, enajenación, inversión, compra, venta, permuta, arrendamiento, subarrendamiento de bienes raíces o derechos sobre ellos, su administración y explotación, subdivisión, loteos y/o urbanización, por cuenta propia o ajena, de predios urbanos o rústicos; c) la realización de toda clase de inversiones, la administración, usufructo o disposición de esas inversiones, pudiendo estas inversiones recaer sobre cualquier tipo de bienes corporales e incorporales, muebles o inmuebles, valores, acciones, bonos, debentures; explotarlos, administrarlos, percibir e invertir sus frutos, participar en todo tipo de proyectos de inversión, sociedades, comunidades o asociaciones y fondos de inversión públicos o privados; d) Asimismo, la sociedad podrá efectuar la comercialización de cualquier especie de documento de crédito o valores negociable, pagarés, libranzas, depósitos a plazo negociables o de cualquier otro tipo. El objeto incluirá además la prestación de toda clase de asesorías financieras y comerciales; e) Cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden. Duración: La duración de la sociedad será de cincuenta años, contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se prorrogará de forma tácita, sucesiva y automática por periodos de igual duración, a menos que cualquiera de los socios manifestare voluntad contraria mediante escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción de la Sociedad en el Registro de Comercio respectivo, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del periodo que se encontrare en curso. Capital: El capital social es la cantidad de $20.000.000, que los socios aportan, pagan y pagarán de la siguiente forma: a) Rodrigo Andrés Martínez Abufarne, la cantidad de $2.000.000, que corresponde al 10% del capital social, que paga en este acto, en dinero efectivo; b) Jeanne Yvette Lorenz Daiber, la cantidad de $1.600.000, que corresponde al 8% del capital social, que paga en este acto, en dinero efectivo; c) María Isidora Martínez Lorenz, la cantidad de $1.600.000, que corresponde al 8% del capital social, que paga en este acto, en dinero efectivo; d) Rodrigo Andrés Martínez Lorenz, la cantidad de $1.600.000, que corresponde al 8% del capital social, que paga en este acto, en dinero efectivo; e) Francisco José Martínez Lorenz, la cantidad de $1.600.000, que corresponde al 8% del capital social, que paga en este acto, en dinero efectivo; f) Macarena Martínez Lorenz, la cantidad de $1.600.000, que corresponde al 8% del capital social, que paga en este acto, en dinero efectivo; y g) José Ignacio Martínez Abufarne, la cantidad de $10.000.000, que corresponde al 50% del capital social, que paga en este acto, en dinero efectivo. Quedando íntegramente pagado el capital social. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a don Rodrigo Andrés Martínez Abufarne; y a don José Ignacio Martínez Abufarne, quienes actuarán conjunta e indistintamente conforme a las facultades expresadas en los estatutos. Demás estipulaciones en escritura extractada. - Santiago, 23 de septiembre del 2022.