INMOBILIARIA VIMONTT SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de agosto de 2022
- Repertorio
- 69087-2022
- Notario
- ROBERTO PUGA PINO
- Oficio
- Titular de la Segunda Notaría de Santiago de don Francisco Javier Carvajal Leiva
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $658.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INMOBILIARIA VIMONTT SpA | socio | 77029402-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalROBERTO PUGA PINO, Notario Público Suplente del Titular de la Segunda Notaría de Santiago de don Francisco Javier Carvajal Leiva, domiciliado en esta ciudad, calle Alcántara N° 107, Comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifica: Por escritura pública de fecha 31 de agosto del año 2022, Repertorio N° 69.087-2022, ante mí, se redujo Acta de la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INMOBILIARIA VIMONTT SpA, RUT N° 77.029.402-9, la que se encuentra inscrita en el Registro de Comercio a fojas 42.031 número 21.139 del año 2019; Junta celebrada el día 31 de agosto del año 2022, asistiendo la totalidad de los accionistas y acordándose por la unanimidad de ellos la reforma de los estatutos en los siguientes términos: Uno) Se acuerda aumentar el capital de la sociedad mediante la emisión de 65.700 nuevas acciones de pago, ofrecidas preferentemente a los accionistas para su suscripción y pago. El accionista don Juan Manuel Pozo Salinas suscribe y paga al contado la totalidad de estas nuevas acciones de pago. En consecuencia, se sustituye el artículo Cuarto de los Estatutos por el siguiente: "ARTICULO CUARTO: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $658.000.000.-, dividido en 65.800.- acciones nominativas, sin serie, sin valor nominal, que no gozan de preferencia alguna. La sociedad podrá en todos los casos poseer acciones de su propia emisión”. Asimismo Se reemplazó artículo transitorio pertinente, que indica que nuevo capital está íntegramente suscrito y pagado, ello, en las proporciones fijadas por los accionistas. Dos) Se acuerda establecer que la administración de la sociedad será efectuada por los apoderados que señalan, actuando de forma individual e indistinta cada uno de ellos. En consecuencia, se sustituye el artículo Primero Transitorio de los Estatutos por el siguiente: "ARTICULO PRIMERO TRANSITORIO: Se nombra como administradores de la sociedad de acuerdo a lo dispuesto en el artículo quinto de los estatutos, a los señores Juan Manuel Pozo Salinas y María Angélica Conejeros Moyano, quienes actuando individual e indistintamente uno cualquiera de ellos, estarán investidos de todas y cada una de las facultades que se señalan en la escritura de constitución de la sociedad”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de Septiembre de 2022. Roberto Puga Pino. Notario Público Suplente de la 2° Notaría de Santiago.