CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ICAFAL LANCUYEN SpA

RUT 77128285-7 CVE 2194547
Capital
$900.000.000 CLP
Fecha instrumento
26 de septiembre de 2022
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
26 de septiembre de 2022
Notario
JORGE REYES BESSONE
Domicilio
San Miguel

Sociedad

Capital
$900.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la comuna de Las Condes
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) el desarrollo de proyectos de generación eléctrica a partir de la energía solar, hasta la obtención de todos los permisos, derechos, y estudios, de manera de ofrecerlos a inversionistas, operadores, generadores o constructores, interesados en su ejecución y explotación. La sociedad no tomará parte en la construcción, explotación, operación, ni en el mantenimiento de los referidos proyectos; b) la prestación de todo tipo de servicios de asesoría relacionada con las anteriores actividades; y c) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los acuerdos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social o el desarrollo de su

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JORGE REYES BESSONE, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con domicilio en Gran Avenida José Miguel Carrera N°4886, Comuna San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 26 de septiembre del 2022, Repertorio No.6.330-2022, ante mí, ENERGY LANCUYEN SpA, sociedad de giro de su denominación, RUT No. 77.128.285-7, domiciliada para estos efectos en calle Cochrane número 635, oficina 503 comuna de Concepción, Región del Bio Bío y de paso en ésta, constituyó una sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “ICAFAL LANCUYEN SpA”. Objeto Social: El objeto de la sociedad será: a) el desarrollo de proyectos de generación eléctrica a partir de la energía solar, hasta la obtención de todos los permisos, derechos, y estudios, de manera de ofrecerlos a inversionistas, operadores, generadores o constructores, interesados en su ejecución y explotación. La sociedad no tomará parte en la construcción, explotación, operación, ni en el mantenimiento de los referidos proyectos; b) la prestación de todo tipo de servicios de asesoría relacionada con las anteriores actividades; y c) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal y, en general, ejecutar toda clase de actos y celebrar todos los acuerdos o contratos que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social o el desarrollo de su giro. Administración de la Sociedad: La Sociedad será administrada por un directorio compuesto por cuatro miembros titulares y cuatro miembros suplentes, todos los cuales podrán ser reelegidos. Los directores podrán o no ser accionistas. Capital Social: El capital de la Sociedad es la suma de $900.000.000, dividido en 10.000 acciones de la Serie A ordinaria /las “Acciones Serie A”/, 5.000 acciones de la Serie B preferente /las “Acciones Serie B”/, 5.000 acciones de la Serie C preferente /las “Acciones Serie C”/, cinco mil acciones de la Serie D preferente /las “Acciones Serie D”/ y 5.000 acciones de la Serie E preferente /las “Acciones Serie E”/, todas nominativas, sin valor nominal, sin perjuicio de las modificaciones del capital y valor de las acciones que se produzcan de pleno derecho en conformidad con la ley, que se suscriben y pagan en la forma señalada en los artículos transitorios. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes no consistentes en dinero, siempre que así lo acepte la Sociedad por acuerdo de junta extraordinaria de accionistas. Lo anterior sin perjuicio del pago de capital en bienes que se realiza en el acto de constitución de la Sociedad según se detalla en el Artículo Primero Transitorio de estos Estatutos. Duración: La duración de la sociedad será indefinida. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la comuna de Las Condes, sin perjuicio de establecer oficinas, filiales, agencias o sucursales en otros lugares dentro y fuera del país. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Miguel, 26 de septiembre de 2022.