MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ASESORÍAS MONOAMBIENTE SpA

RUT 77572539-7 CVE 2194597
Fecha instrumento
22 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago don COSME FERNANDO GOMILA GATICA

Instrumento

Fecha
22 de septiembre de 2022
Repertorio
10836-2022
Comuna
Santiago don COSME FERNANDO GOMILA GATICA

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE RINALDO LOBOS DÍAZ, Notario Suplente del Titular de la Cuarta Notaría de Santiago don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, ambos domiciliados en calle Carmencita 20, Las Condes, certifico que con fecha 20 de Septiembre de 2022, por escritura pública, Repertorio N°10836-2022, ante mí, ANDRÉS GUZMÁN DEVOTO, chileno, abogado, cédula de identidad N°7.036.622-3, en representación de ANTONIA GUZMÁN RIVADENEIRA, chilena, soltera, empleada, cédula de identidad N°17.962.308-0, domiciliados en Monseñor Félix Cabrera N°23, oficina 33, Providencia, Región Metropolitana, siendo la única y exclusiva dueña del 100% de las acciones de “ASESORÍAS MONOAMBIENTE SpA”, RUT: 77.572539-7, constituida ante la notario Claudia Marcela Gómez Lucares el 29 de Julio de 2021, inscrita a fs. 64.698 Nº30.095 del Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2021, viene en modificar los estatutos originales de esta última, de la siguiente forma: se modifica y amplia el “artículo segundo”, esto es, el relativo al objeto de la sociedad, en el siguiente sentido y alcance: se amplía dicho objeto de la sociedad, incorporando “el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y en especial la compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase bienes y mercaderías, en especial todo aquello que tenga relación con la industria del cuero, talabartería y curtiembre, ya sea por cuenta propia o ajena; como asimismo la representación de empresas y marcas nacionales y extranjeras, y en general, realizar todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con cualquiera de los objetos anteriores. Como consecuencia de lo anterior, se modifica el Artículo Segundo permanente quedando el siguiente texto: “ARTÍCULO SEGUNDO: El objeto de la sociedad será: a) la asesoría profesional y técnica a personas naturales y empresas, cualquiera que sea su naturaleza jurídica, en asuntos relacionados con el diseño gráfico; la producción gráfica; la producción de diseños; la publicidad y propaganda comercial; como asimismo, asesorar a la industria y al comercio en materias publicitarias; todo esto ya sea por cuenta propia o ajena; y b) el ejercicio de la actividad comercial en sus formas más amplias y en especial la compra, venta, importación, exportación, almacenamiento, distribución y comercialización de toda clase bienes y mercaderías, en especial todo aquello que tenga relación con la industria del cuero, talabartería y curtiembre, ya sea por cuenta propia o ajena, como también la representación de empresas y marcas nacionales y extranjeras; y en general, la sociedad podrá realizar todo negocio o actividad que se relacione, en la actualidad o en el futuro, con cualquiera de los objetos anteriormente indicados”.- En todo lo no modificado siguen plenamente vigentes las demás cláusulas y estipulaciones contenidas en la escritura original.- Santiago, 22 de Septiembre de 2022.- JORGE RINALDO LOBOS DÍAZ.- Notario Suplente.- MGP