MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

ALCAINO ABOGADOS SpA

RUT 76254922-0 CVE 2194901
Capital
$353.685.633 CLP
Fecha instrumento
31 de agosto de 2022
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
31 de agosto de 2022
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
Trigésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$353.685.633 CLP
Duración
8 años contados 1 de julio de 2018, plazo que se renovará tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo voluntad en contrario por uno o más socios que representen más del 50% de los derechos sociales, manifestada por escritura pública anotada al margen inscripción social en el Registro de Comercio, con anticipación de al menos 6 meses al vencimiento del plazo original o de cualquiera de las prórrogas
Ley aplicable
Ley N°3.918

Objeto social

exclusivamente la prestación de servicios profesionales de asesoría legal en el ámbito extrajudicial, prejudicial o judicial, organizada como un estudio profesional de abogados

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público, Titular Trigésima Tercera Notaría de Santiago, Huérfanos N° 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifico que con fecha 31 de agosto de 2022 se celebró ante mí la junta extraordinaria de accionistas de ALCAINO ABOGADOS SpA, cuya acta consta de escritura pública de esa misma fecha, ante mí, en la que únicos y actuales accionistas Alfredo Alcaíno de Esteve, Daniel Santiago Cox Donoso, Marcelo Giovanazzi Retamal, Macarena Baraona Castro, Rodrigo Muñoz Perdiguero, María Victoria Ripoll Alcalde y Mario Bezanilla Lastrico, todos abogados, con domicilio en Aurelio González N°3390, piso 6, comuna de Vitacura, Santiago, acordaron: A. Aumentar el capital social, de $298.272.384.- a $353.685.633.- mediante (i) capitalización reserva de revalorización del capital por $37.728.967; y (ii) emisión y creación de una nueva serie H, preferente, compuesta por 80.383 acciones de pago, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, por $17.684.282.- (“Serie H”); B. Ofrecer en suscripción y pago la Serie H a la compareciente Marcela Garay Illanes, abogada, del mismo domicilio; y C. Junto con la nueva accionista Marcela Garay Illanes, acordaron transformar la sociedad, modificando su especie o tipo social por el de una sociedad civil de responsabilidad limitada, regida por la Ley N°3.918 y las disposiciones pertinentes del Código de Comercio y el Código Civil, dictando los estatutos sociales cuyas menciones extractables son: Socios: Alfredo Alcaíno de Esteve, Daniel Santiago Cox Donoso, Marcelo Giovanazzi Retamal, Macarena Baraona Castro, Rodrigo Muñoz Perdiguero, María Victoria Ripoll Alcalde, Mario Bezanilla Lastrico y Marcela Garay Illanes; todos abogados, del domicilio indicado. Razón social: Alcaíno Abogados Limitada. Administración y uso razón social: Directorio compuesto de 8 miembros, que deben ser socios y tener el título profesional de abogado, integrado por Alfredo Alcaíno de Esteve, Daniel Santiago Cox Donoso, Marcelo Giovanazzi Retamal, Macarena Baraona Castro, Rodrigo Muñoz Perdiguero, María Victoria Ripoll Alcalde, Mario Bezanilla Lastrico y Marcela Garay Illanes. Capital: $353.685.633.-, aportado y enterado íntegramente en dinero efectivo por: 1) Alfredo Alcaíno de Esteve: $204.571.770.- equivalente a aproximadamente 57,87% del capital social; 2) Daniel Santiago Cox Donoso: $15.420.693.- equivalente a aproximadamente 4,36% del capital social; 3) Marcelo Giovanazzi Retamal: $30.593.807.- equivalente a aproximadamente 8,65% del capital social; 4) Rodrigo Muñoz Perdiguero: $24.545.783.- equivalente a aproximadamente 6,94% del capital social; 5) María Victoria Ripoll Alcalde: $20.513.467.-, equivalente a aproximadamente 5,8% del capital social; 6) Macarena Baraona Castro: $20.513.467.- equivalente a aproximadamente 5,8% del capital social; 7) Mario Bezanilla Lastrico: $19.841.764.- equivalente a aproximadamente 5,61% del capital social; y 8) Marcela Garay Illanes: $17.684.282.- equivalente a aproximadamente 5% del capital social. Objeto: exclusivamente la prestación de servicios profesionales de asesoría legal en el ámbito extrajudicial, prejudicial o judicial, organizada como un estudio profesional de abogados. Duración: 8 años contados 1 de julio de 2018, plazo que se renovará tácita y automáticamente, por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo voluntad en contrario por uno o más socios que representen más del 50% de los derechos sociales, manifestada por escritura pública anotada al margen inscripción social en el Registro de Comercio, con anticipación de al menos 6 meses al vencimiento del plazo original o de cualquiera de las prórrogas. Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 26 de Septiembre del 2022.