MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA

RUT 76350416-6 CVE 2194595
Capital
$25.000 CLP
Fecha instrumento
5 de septiembre de 2022
Notaría
Curicó con

Instrumento

Fecha
5 de septiembre de 2022
Repertorio
2576/2019
Notario
MONICA QUIROZ TRUJILLO
Oficio
5ª Notaría de Curicó con asiento en la comuna de Teno
Comuna
Curicó con

Sociedad

Capital
$25.000 CLP

Administración

Les corresponde separada e indistintamente a JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, y don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN. EL CAPITAL ” es la suma de $5.000.000., aportados de la siguiente forma: a.- don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN aportó al contado y en dinero en efectivo la suma de $2.500.000., correspondiente al cincuenta por ciento del capital social; y don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN aportó al contado y en dinero en efectivo la suma de $2.500.000., correspondiente al cincuenta por ciento del

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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MONICA QUIROZ TRUJILLO, Notario Publico Titular de la 5ª Notaría de Curicó con asiento en la comuna de Teno, con oficio en Avenida Comalle 101, Teno, CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 05 de septiembre de 2022, otorgada ante mí por, doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, domiciliada en calle Yungay número 142, de la comuna y provincia de Curicó; don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, domiciliado en el Lote 21 del Loteo de Bosques de Zapallar comuna y Provincia de Curicó; don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN, domiciliado en Lote A2, subdivisión Hijuela 1, comuna de Rauco y Provincia de Curicó; cedieron y modificaron la sociedad de responsabilidad limitada cuya razón social es Nombre: “AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA” ”, del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº76.350.416-6. Antecedentes: 1. fue constituida por escritura pública de fecha 03 de diciembre de 2013, otorgada ante el Notario Público Titular de la comuna de Curicó, don Rodrigo Domínguez Jara. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 40.724, de fecha 05 de diciembre de 2013 y se inscribió a fojas 1680 Nº 1102 en el Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, correspondiente al año 2013. 2.- La sociedad fue modificada por escritura pública de fecha 02 de mayo de 2019, otorgada ante el Notario Público Titular de la comuna de Curicó, don Eduardo del Campo Vial. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 42.375 el 10 de junio de 2019 y se inscribió a fojas 704 Nº 421 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el año 2019. 3.- La sociedad fue nuevamente modificada por escritura pública de fecha 29 de agosto de 2019, suscrita ante doña María Olga Rojas Trejo, suplente del titular don Eduardo Del Campo Vial, Notario Público de Curicó, Repertorio N°2576/2019. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial Nº 42.446 el 04 de septiembre de 2019 y se inscribió a fojas 994 Nº 575 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, en el año 2019. 4. La sociedad fue resciliada y modificada por escritura pública de fecha 27 de noviembre del 2019, bajo el repertorio N° 3648/2019,suscrita ante don Eduardo del Campo Vial, Notario Público de Curicó. El extracto de esta escritura se publicó en el Diario Oficial N° 42.517 del 02 de diciembre de 2019 y se inscribió a fojas 1309 vuelta N° 737 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes de Curicó, en el año 2019. Cesión de Derechos y Modificación de Sociedad: Doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA, con anuencia de sus socios, vende cede y transfiere el 50% (cincuenta porciento) de los derechos sociales que tiene en la sociedad AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA equivalente al 0,5% (cero coma cinco por ciento) del capital social a don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, quien compra, acepta y adquiere para sí el 50% (cincuenta porciento) de los derechos sociales de doña MARÍA EUGENIA CERÓN ATRIA que equivalen al 0,5% (cero coma cinco por ciento) del capital social. El precio de la cesión es la suma única y total de $25.000.- (veinticinco mil pesos), que el cesionario paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo y a su entera satisfacción.1.3. Asimismo, con anuencia de sus socios, vende cede y transfiere el 50% (cincuenta porciento) de los derechos sociales que tiene en la sociedad AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA equivalente al 0,5% (cero coma cinco por ciento) del capital a don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMAN, quien compra, acepta y adquiere para sí el 50% (cincuenta porciento) de los derechos sociales que tiene en la sociedad AGRÍCOLA SAN JOSÉ DE RAUCO LIMITADA equivalente al 0,5% (cero coma cinco por ciento). El precio de la cesión es la suma única y total de $25.000.- (veinticinco mil pesos), que el cesionario paga a la cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo y a su entera satisfacción. Actuales y únicos socios de la sociedad: Son actuales y únicos socios de la sociedad don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, y don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN. Poderes de administración y representación: Les corresponde separada e indistintamente a JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN, y don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN. EL CAPITAL ” es la suma de $5.000.000., aportados de la siguiente forma: a.- don JUAN PABLO ESPINOSA LOHMANN aportó al contado y en dinero en efectivo la suma de $2.500.000., correspondiente al cincuenta por ciento del capital social; y don JOSÉ SEBASTIÁN ESPINOSA LOHMANN aportó al contado y en dinero en efectivo la suma de $2.500.000., correspondiente al cincuenta por ciento del capital social.Reparto de utilidades y pérdidas: Las utilidades se repartirán entre los socios en porción a su participación social o en la forma que los socios acuerden, las eventuales pérdidas se distribuirán entre los socios en la proporción en que se reparten las utilidades.- Demás estipulaciones en escritura extractada Repertorio Nº608/2022.- Teno, 26 de septiembre de 2022.