MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

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RUT 76455615-1 CVE 2194166
Fecha instrumento
12 de septiembre de 2022
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
12 de septiembre de 2022
Notario
MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN
Oficio
27° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARÍA PATRICIA DONOSO GOMIEN, Notario Público, Titular de la 27° Notaría de Santiago, con oficio en calle Orrego Luco n° 0153, comuna de Providencia. Santiago, certifico: Que con fecha 29 de agosto de 2022, ante mí, don LUIS CLAUDIO GODOY ALQUINTA, chileno, casado y separado de bienes, publicista, cédula nacional de identidad número diez millones cuatrocientos diecisiete mil novecientos noventa guion cinco, domiciliado en calle Huérfanos número novecientos setenta y nueve, oficina quinientos uno, Santiago; doña MARY SOLE ARANCIBIA GAETE, chilena, soltera, publicista, cédula nacional de identidad número once millones ochocientos veintisiete mil setecientos noventa guion dos, domiciliada en Manuel Montt número cero noventa y nueve, oficina doscientos tres, comuna de Providencia; y don BENJAMÍN GODOY BASULTO, chileno, soltero, independiente, cédula nacional de identidad número diecinueve millones setenta y nueve mil seiscientos cincuenta y cinco guión ocho, domiciliado en calle Parte número doce mil setecientos uno, casa veintitrés, comuna de Lo Barnechea, Santiago, por medio de escritura pública, Repertorio número 11736-2022, se suscribe escritura de saneamiento de la sociedad PUBLICIDAD CITY PROJECTS LIMITADA, de conformidad con lo dispuesto en el Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, por cuanto el extracto de la escritura pública de modificación de fecha seis de mayo del año dos mi veintidós, de la Vigésima Séptima Notaría de Santiago de doña Maria Patricia Donoso Gomien, con oficio en Orrego Luco número cero ciento cincuenta y tres, comuna de Providencia, Repertorio número cinco mil novecientos catorce guion dos mil veintidós, contiene un error en la fecha de la escritura, señalando erróneamente que la escritura en cuestión era de fecha diecinueve de abril, siendo que debería decir seis de mayo del año dos mi veintidós, razón por la cual los comparecientes vienen en subsanar y sanear la el error en el extracto de la escritura individualizada, conforme lo autoriza el artículo tercero de la Ley tres mil novecientos dieciocho. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 12 de septiembre de 2022.