CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE TRANSPORTES GIL CERVANTES CONDO LIMITADA

RUT 16369867-6 CVE 2192993
Capital
$39.000.000 CLP
Fecha instrumento
24 de agosto de 2022
Notaría
XIMENA

Instrumento

Fecha
24 de agosto de 2022
Notario
XIMENA RICCI DÍAZ
Oficio
Primera Notaria y Conservador de minas de esta ciudad
Comuna
XIMENA

Sociedad

Capital
$39.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

XIMENA RICCI DÍAZ, Abogado, Notario Público, titular de la Primera Notaria y Conservador de minas de esta ciudad, con oficio en Avenida Barros Luco número mil setecientos ochenta y nueve con fecha de 22 de septiembre de 2022, comparece ante mi: Don Iván Antonio Yáñez Guzmán, quien declara ser chileno, soltero, Abogado, cédula de identidad número 16.369.867-6, domiciliado en Sanfuentes 1905, comuna y provincia de San Antonio el compareciente mayor de edad, quien acredita sus identidad con su respectiva cédula ya anotadas y expone: - PRIMERO: Que, mediante escritura pública otorgada ante la Notaria XIMENA PATRICIA RICCI DÍAZ, con fecha 24 de agosto del año 2022 repertorio número 1358-20522, constituyeron la Sociedad de Responsabilidad Limitada doña IGNACIA CERVANTES LAIME y don GIL CERVANTES CONDO denominada “SOCIEDAD DE TRANSPORTES GIL CERVANTES CONDO LIMITADA” con nombre de fantasía “TRANSPORTES G.C.C LTDA”.cuyo capital es de $39.000.000.- SEGUNDO: Declara asimismo el compareciente que se cometió un error involuntario en un número en la forma de enterar el capital quedando errada su forma de enterar dicho monto en el plazo establecido en la escritura de constitución, y que en el extracto inscrito a fojas 506 vuelta número 172 correspondiente al Registro de Comercio del año 2022 del Conservador de comercio de Melipilla publicado en el diario Oficial de fecha 8 de septiembre del año 2022 se cometió este mismo error involuntario. - TERCERO: Por este acto e instrumento, los comparecientes vienen en sanear en los términos expresados en la cláusula segunda anterior los vicios que adolece la citada sociedad y acogerse a las Normas de la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece Normas sobre Saneamiento de Vicios de Nulidad de Sociedades; en el siguiente sentido, en la cláusula QUINTA de la escritura de constitución: A - CAPITAL: don GIL CERVANTES CONDO “el saldo de doce millones de pesos enterados en el plazo de dos años” - CUARTO: En lo no modificado quedan vigentes todas las disposiciones del contrato social. San Antonio 22 de septiembres de 2022.